Adolescente sin licencia chocó una camioneta en Zapala: padres indemnizarán al dueño
En Zapala, un adolescente sin licencia de conducir provocó un accidente al chocar una camioneta, lo que resultará en una indemnización a su propietario. La Cámara de Apelaciones enfatizó que el hecho de que el vehículo dañador haya sido conducido por un menor no exime a los padres de su responsabilidad.

Un accidente de tránsito ocurrido en Zapala involucró a un adolescente que, sin tener la licencia correspondiente, chocó por detrás a una camioneta. En consecuencia, los padres del menor deberán hacerse cargo de indemnizar al propietario del vehículo dañado, tras una decisión de la Cámara de Apelaciones que respaldó la sentencia inicial.
El siniestro se produjo mientras el conductor de la camioneta reducía la velocidad debido a un frenazo de un vehículo anterior. El joven, conduciendo el auto de sus progenitores, embistió a la camioneta que circulaba en ese momento. El propietario del vehículo reclamó judicialmente por los daños sufridos, los cuales no fueron cubiertos por el seguro, dada la falta de licencia del adolescente y su minoría de edad.
La primera instancia del juicio, a cargo del juez Marcos Recupero, determinó que el adolescente era responsable del accidente. Además, se consideró a los padres como responsables en su rol de guardianes del vehículo. La existencia de pruebas y testimonios avalaron la versión del propietario de la camioneta sobre cómo sucedió el choque.
La Sala A de la Cámara de Apelaciones revisó los elementos del caso y determinó que los daños en la parte trasera de la camioneta eran mayores de los inicialmente evaluados. En este contexto, se amplió el monto de la indemnización a ser pagado por los padres del menor.
Un aspecto clave del fallo fue la consideración de que, aunque el dueño de la camioneta había reparado el daño con sus propios recursos, esto no eliminó su derecho a recibir compensación. La Cámara argumentó que el perjuicio subsiste incluso si la víctima opta por reparar el daño por su cuenta, y que el propietario podía reclamar el reintegro de la suma que tuvo que desembolsar para la reparación.
Los jueces enfatizaron que el daño no se extingue al ser reparado; por el contrario, cambia de naturaleza. Así, el hecho de que el propietario haya recurrido a sus propios fondos para reparar su vehículo no lo exime de recibir la indemnización correspondiente. Esto subraya la responsabilidad legal que asumen los padres en la conducción de sus hijos menores de edad.