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Aspectos clave del usufructo al donar una propiedad en Argentina

Antes de donar una propiedad con usufructo, es esencial asesorarse sobre sus implicancias legales en Argentina. Esta figura permite a los donantes usar la propiedad mientras transfieren la propiedad a los hijos.

Por Mara Diaz4 min de lectura
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Aspectos clave del usufructo al donar una propiedad en Argentina

La figura del usufructo en el contexto de la donación de propiedades resulta de gran utilidad para quienes desean mantener el derecho de uso y explotación de un inmueble al mismo tiempo que lo transfieren a sus herederos. Esta figura legal, contemplada en el Código Civil y Comercial argentino, permite al donante vivir en el inmueble o generar ingresos mediante alquileres, mientras que los hijos se convierten en nudos propietarios, es decir, titulares de la propiedad, aunque sin poder usarla durante la vigencia del usufructo.

El usufructo se define como el derecho real de uso, goce y disposición de un bien ajeno, pero sin alterar su sustancia. Esto significa que el usufructuario tiene derechos sobre el inmueble, pero el nudo propietario mantiene la titularidad legal del mismo, aunque es despojado de su capacidad de explotación. Una vez que el usufructo finaliza, ambas posiciones se entrelazan y el nudo propietario adquiere el dominio total de la propiedad.

Una situación común es cuando los padres donan la nuda propiedad de su hogar a sus hijos, conservando el usufructo para ellos mismos. Esta decisión no solo facilita la planificación patrimonial familiar, sino que también evita problemas en la sucesión de bienes en caso de fallecimiento del donante. En la escritura de donación deben especificarse los beneficiarios, las partes que corresponden a cada uno y, si corresponde, las condiciones sobre qué sucede ante el fallecimiento de uno de los titulares.

Es relevante mencionar que al constituir un usufructo, este debe ser formalizado mediante escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad, ya que un simple acuerdo privado carece de la validez necesaria ante la ley. Además, el Código Civil y Comercial impide la creación de usufructos judiciales, lo que significa que no puede ser impuesto por un juez, aunque uno puede intervenir para mediar en disputas sobre usufructos existentes.

El usufructo puede ser establecido por un tiempo específico, o de forma vitalicia si el beneficiario es una persona física. Si no se estipula un plazo, se presume que es vitalicio. En el caso de personas jurídicas, la duración máxima fijada es de 50 años. Por otro lado, el usufructuario tiene la posibilidad de renunciar a su derecho en cualquier momento de forma voluntaria, lo que puede ser un aspecto a considerar en la planificación sucesoria.

En resumen, la figura del usufructo es una herramienta valiosa en la planificación patrimonial familiar en Argentina, permitiendo a los donantes preservar el uso de su propiedad mientras la transfieren a sus descendientes. Consultar con un profesional del derecho es crucial para entender las implicancias legales y efectos de esta operación.

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