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Cámara de Casación disminuyó penas a prefectos por muerte de Rafael Nahuel

La Cámara Federal de Casación Penal ha reducido las penas de cinco prefectos condenados por el homicidio de Rafael Nahuel. Los agentes recibirán condenas de prisión en suspenso y no cumplirán pena efectiva.

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Cámara de Casación disminuyó penas a prefectos por muerte de Rafael Nahuel

La Cámara Federal de Casación Penal, a través de su Sala III, ha decidido reducir las penas de cinco miembros de la Prefectura Naval Argentina involucrados en la muerte del joven mapuche Rafael Nahuel. Esta decisión se tomó tras la recepción de los recursos de apelación presentados por la defensa de los acusados. Las nuevas sentencias modifican el fallo previo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Roca, donde se habían impuesto penas de prisión efectiva y un régimen de inhabilitación especial.

El prefecto Sergio Guillermo Cavia, clasificado como autor material del homicidio agravado, recibió una pena de tres años de prisión en suspenso, rebajando su condena original de cinco años. Los demás implicados también vieron disminuídas sus penas: Juan Ramón Obregón fue sentenciado a dos años y medio; Francisco Javier Pintos y Carlos Valentín Sosa a dos años y tres meses; y Sergio Damián García a dos años, todos en la misma modalidad de ejecución condicional.

La resolución de la Cámara se basa en la argumentación de que el tribunal de Roca no evaluó adecuadamente el grado de participación individual de cada uno de los acusados, un aspecto que había sido destacado en una anulación previa del fallo por la misma Cámara en 2024. Este nuevo análisis contempla la cantidad de disparos realizados por los prefectos durante el operativo, donde el registro indica un total de 130 disparos en un enfrentamiento ocurrido en Villa Mascardi.

El caso tiene sus antecedentes en el dramático hecho del 25 de noviembre de 2017, cuando se produjo un enfrentamiento armado en Villa Mascardi, a unos 35 kilómetros al sur de Bariloche. En este evento, los efectivos usaron armas de fuego, incluyendo un fusil MP5 y pistolas calibre 9 milímetros. La situación generó un fuerte debate sobre las tácticas de seguridad y la respuesta de las fuerzas armadas en conflictos territoriales con comunidades indígenas.

El tribunal fundamentó su decisión al considerar que la ausencia de antecedentes penales, la inexperiencia de los prefectos en enfrentamientos de este tipo y sus situaciones personales y sociales justificaban la suspensión de la pena efectiva. Además, se tuvieron en cuenta los cursos de capacitación que los implicados habían realizado, orientados al servicio público.

Este nuevo fallo ha levantado voces críticas y preocupación entre las organizaciones de derechos humanos y las partes querellantes, quienes mantienen la opción de apelar ante la Corte Suprema de Justicia, abriendo un nuevo capítulo en este conflicto judicial que ha marcado la agenda social y política en la región.

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