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Clínica de Trelew deberá indemnizar con más de $20 millones por quemadura

La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn confirmó una indemnización de $20.300.000 a una paciente que sufrió una grave quemadura durante una cirugía. El tribunal estableció que la clínica era responsable del mal funcionamiento del equipo quirúrgico, excluyendo al cirujano de la condena.

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Clínica de Trelew deberá indemnizar con más de $20 millones por quemadura

La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn ha confirmado una condena impuesta a un centro médico de Trelew, que deberá pagar más de 20 millones de pesos a una paciente que sufrió una severa quemadura durante una histerectomía. La mujer, que fue operada en febrero de 2020, sufrió una lesión en el glúteo izquierdo debido al uso de un electrobisturí, lo que derivó en una serie de complicaciones que requirieron una cirugía reconstructiva meses más tarde.

El monto total de la compensación asciende a $20.300.000, que incluye tanto el daño moral como gastos asociados a la atención médica y 96 sesiones de tratamiento psicológico. Importante es que el tribunal determinó que el cirujano no fue responsable de la lesión, ya que no se detectó negligencia durante la operación.

Los hechos ocurrieron durante una intervención quirúrgica que se había desarrollado según lo previsto, hasta que la paciente comenzó a experimentar dolores intensos postoperatorios. Los análisis médicos revelaron una quemadura profunda tipo B, lo que llevó a su internación en Puerto Madryn para una cirugía plástica destinada a reparar el daño.

En el núcleo del juicio se debatió sobre la responsabilidad del incidente. El tribunal concluyó que la clínica, como responsable del equipamiento quirúrgico, debía garantizar su correcto funcionamiento. Se estableció que el electrobisturí no hizo las alertas correspondientes que podrían haber evitado la lesión, lo que recayó sobre la institución la carga de responsabilidad, eximiendo al médico de culpa alguna.

La indemnización fue compuesta por 20 millones de pesos por daño moral, además de 300 mil pesos para cubrir gastos médicos y medicación. El tribunal también resolvió que la clínica debía hacerse cargo del tratamiento psicológico de la afectada, reconociendo la gravedad del impacto emocional que la lesión provocó.

La paciente había solicitado una mayor indemnización, argumentando la necesidad de un reconocimiento adicional por daño psíquico y la falta de consideración de un lucro cesante. Sin embargo, estos reclamos fueron desestimados por los camaristas, quienes consideraron que no se presentaron pruebas suficientes que justificaran dicha ampliación de los términos de compensación.

Este caso pone de relieve la importancia de la responsabilidad de las instituciones médicas en la Patagonia, en un momento en el que la salud pública enfrenta desafíos significativos, y donde cada incidente puede tener un impacto considerable sobre la confianza de la comunidad en los servicios de salud.

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