Colombia promulga ley que prohíbe la mutilación genital femenina
Colombia aprobó la Ley 2609, que prohíbe la mutilación genital femenina y establece medidas integrales para su erradicación en el país. La legislación incluye la participación de comunidades indígenas y el compromiso del gobierno para implementar políticas de prevención.

El Gobierno de Colombia sancionó recientemente la Ley 2609, que prohíbe la mutilación genital femenina (MGF) y establece un conjunto de medidas para su erradicación en todo el territorio colombiano. Esta normativa fue aprobada por el Congreso el 17 de junio de 2026 y tiene como objetivo principal prevenir, atender y eliminar esta práctica que ha sido considerada una violación a los derechos humanos y que causa graves daños físicos y psicológicos a las mujeres afectadas.
La ley presenta un enfoque integral e intercultural, que no distingue por etnias ni grupos culturales y está destinada a todas las niñas y mujeres en riesgo de sufrir MGF. Se destaca la participación activa de comunidades indígenas, como la Confederación Nacional de los Pueblos de la Gran Nación Emberá, en el diseño y ejecución de campañas de prevención, lo que busca un abordaje más contextualizado y respetuoso de las tradiciones culturales.
Un aspecto significativo de la legislación es que se instituyó el 6 de febrero como el Día Nacional de Tolerancia Cero con la Mutilación Genital Femenina, alineándose con el día internacional promovido por la ONU. Esto refleja el compromiso del gobierno colombiano de visibilizar la problemática y promover la sensibilización sobre este tema en la sociedad.
Entre las disposiciones de la ley, se establece un plazo de un año para la elaboración de una Política Pública Nacional que guiará las acciones en la materia. Esta política será diseñada en colaboración con grupos indígenas y diversas instituciones gubernamentales, asegurando que se aborden las particularidades culturales de las comunidades que aún practican la MGF.
Además, se crearán comités para coordinar acciones de eradicación, y el Ministerio de Salud tendrá la responsabilidad de desarrollar un protocolo de atención integral para las víctimas de MGF, que incluirá tratamientos médicos tradicionales y capacitación para el personal de salud.
Se prevé también el desarrollo de campañas educativas que serán traducidas a lenguas indígenas, así como la incorporación de la problemática en el Sistema Nacional de Convivencia Escolar. Esto apunta a generar conciencia y a modificar comportamientos sociales que perpetúan la práctica de la MGF.
Por último, la ley estipula la necesidad de fortalecer los sistemas de vigilancia y reporte de casos de MGF en Colombia, promoviendo una revisión periódica cada cinco años para evaluar el impacto de las medidas adoptadas. La implementación de la ley dependerá de la disponibilidad presupuestaria, asegurando que se alineen los recursos necesarios para su efectiva aplicación.