Confirman condena a comerciante por difamación en redes sociales en Puerto Madryn
La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn ha confirmado la condena impuesta a una comerciante que difamó a una vecina a través de Facebook. La decisión ratifica la obligación de reparar el daño moral y publicar una rectificación en la misma plataforma.

En un reciente fallo, la Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn, compuesta por los jueces Heraldo Enrique Fiordelisi y Julián Emil Jalil, avaló la condena de primera instancia que responsabiliza a una comerciante por publicar afirmaciones difamatorias en su perfil de Facebook. La sentencia, dictada en septiembre de 2026, exige a la condenada indemnizar a la víctima por daño moral, además de realizar una rectificación en la misma red social donde se difundió la injuria.
El conflicto inició cuando la comerciante, dueña de un negocio de indumentaria, acusó falsamente a una vecina de clonar su tarjeta de débito y robarle 200 mil pesos. Este hecho llevó a una serie de publicaciones en redes sociales donde se identificó a la acusada con nombre y foto, provocando una ola de comentarios hostiles e incluso amenazas de represalias. A raíz de la denuncia, la fiscalía realizó un allanamiento en el domicilio de la mujer acusada, aunque posteriormente la causa fue archivada por falta de pruebas.
La mujer afectada, ante la gravedad de las imputaciones, decidió demandar a la comerciante por daños y perjuicios. En marzo de 2026, el Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Puerto Madryn falló a su favor, condenando a la comerciante a indemnizarla con 2.450.000 pesos, cifra que incluye tanto gastos notariales como compensación por daño moral. Además, se le ordenó publicar una rectificación que permaneciese visible en su perfil de Facebook durante 15 días.
La dueña del comercio apeló esta decisión, buscando un aumento en la indemnización y la inclusión de una rectificación en medios impresos, pero la Cámara de Apelaciones desestimó su pedido. Los jueces reafirmaron que la reparación del daño causado a través de redes sociales debe ser acorde al medio utilizado para difundir la información injuriosa. Este caso resalta la responsabilidad que conllevan las publicaciones en plataformas digitales y el impacto que pueden tener en la reputación de las personas.
Este fallo es un precedente significativo en el ámbito de las redes sociales, reforzando el principio de que la difamación en estas plataformas puede tener consecuencias legales severas. La decisión también invita a reflexionar sobre el uso responsable de las redes sociales y la importancia de verificar la veracidad de las acusaciones antes de hacer publicaciones que puedan dañar a otros.