Confirman condena a prisión perpetua por asesinato en un partido de truco
El Tribunal de Impugnación de Neuquén ha revocado la condena de 20 años impuesta a Pedro Cides y ha dictado prisión perpetua por el asesinato de Franco Ramírez durante un partido de truco. El ataque, ocurrido en un contexto de consumo de alcohol, resultó en la muerte de la víctima tras ser apuñalada en el corazón.

El Tribunal de Impugnación de Neuquén tomó la decisión unánime de revocar una sentencia de 20 años de prisión impuesta a Pedro Cides, condenándolo a prisión perpetua por el homicidio de Franco Ramírez. Esta decisión se origina a partir de un ataque mortal que tuvo lugar el 1 de junio de 2025, durante un encuentro entre Cides y Ramírez en Loncopué, un pueblo que ha visto un aumento de hechos de violencia en situaciones de consumo de alcohol.
Cides fue encontrado culpable de homicidio agravado por alevosía por un jurado popular en abril de 2026. En un contexto de juego y alcohol, Cides utilizó un cuchillo para apuñalar a Ramírez en el corazón, lo que provocó su fallecimiento. Inicialmente, la juez Carolina González había decidido imponer 20 años de prisión, argumentando cuestiones de inconstitucionalidad frente al régimen de prisión perpetua, considerando la edad y expectativa de vida del condenado.
Sin embargo, la fiscalía impugnó esta decisión, argumentando que la jueza no había fundamentado adecuadamente su determinación y que se había apartado de las directrices legales establecidas en el Código Penal. En particular, el inciso 2 del artículo 80 establece la posibilidad de prisión perpetua para quienes cometen homicidio con alevosía, así como Cides lo había hecho al atacar a una persona en un estado de vulnerabilidad.
El Tribunal, al atender la apelación de la fiscalía, concluyó que la juez había vulnerado el principio de controversia, ya que la defensa no había presentado la inconstitucionalidad del artículo 14 de manera formal en el juicio. Por lo tanto, los jueces decidieron que debía aplicarse la pena de prisión perpetua de acuerdo con las pautas del Código Penal.
Con esta decisión, Cides no podrá solicitar la libertad condicional hasta cumplir al menos 35 años de pena efectiva, lo que indica que quedará en prisión hasta al menos los 95 años de edad. Esta resolución marca un precedente en la duración de las condenas por delitos graves en situaciones de violencia cotidiana, especialmente en zonas rurales de la provincia de Neuquén, donde la violencia en contextos de convivencia social, como juegos de cartas, ha planteado serios retos para la seguridad. El caso subraya la importancia de un sistema judicial que responda adecuadamente a los delitos violentos y la necesidad de procesos judiciales que garanticen la justicia sin impunidad.