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Confirman indemnización por mala praxis a paciente tras varias operaciones fallidas

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó una indemnización de 12.320.000 pesos a una mujer tras cinco operaciones mamarias que resultaron en complicaciones y deterioro de su salud. Los médicos fueron considerados responsables por deficiencias en sus prácticas, aunque la clínica no fue responsabilizada.

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Confirman indemnización por mala praxis a paciente tras varias operaciones fallidas

Una reciente decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ha confirmado el fallo que condena a dos médicos y a una aseguradora por mala praxis, luego de que una paciente sufriera complicaciones a raíz de cinco cirugías mamarias fallidas. La sentencia impone un pago de 12.320.000 pesos más intereses a la demandante, quien argumentó que las intervenciones no cumplieron con las expectativas y resultaron en un notable deterioro de su calidad de vida.

En el proceso, la afectada mencionó que luego de cada procedimiento quirúrgico, padeció una recuperación difícil, marcada por molestias persistentes y complicaciones que impactaron no solo su salud física, sino también su bienestar emocional. La demanda fue basada en inadecuadas atenciones quirúrgicas y un seguimiento posterior deficiente, lo que llevó a la paciente a intervenir la práctica médica y a la clínica implicada.

El tribunal de primera instancia adjudicó el fallo a los médicos, aduciendo deficiencias importantes como la falta de estudios diagnósticos adecuados antes de las operaciones y documentación insuficiente sobre el estado de la paciente. Un dictamen pericial destacó la omisión de estudios de imagen y disconformidades específicas que no fueron resueltas antes de las cirugías, estableciendo un vínculo directo entre el daño sufrido y la conducta médica.

La clínica fue eximida de responsabilidad, ya que demostró que el contrato firmado por la paciente le vinculaba solo al uso de sus instalaciones, no a la atención médica. De acuerdo al análisis del tribunal, la paciente había contratado directamente a los profesionales, quienes actuaron de forma independiente, y la empresa solo facilitó el quirófano y el equipamiento necesario para las operaciones.

Además, los jueces subrayaron que la relación entre la paciente y la clínica se limitó al uso de los servicios de infraestructura, por lo que la responsabilidad recae únicamente en el grupo médico, a menos que existiera un vínculo contractual directo en la prestación de servicios médicos. Ante ello, la doctrina señala que los sanatorios son responsables solamente cuando hay una relación directa con el paciente o si el daño proviene de personal dependiente de la entidad.

La aseguradora involucrada intentó limitar su cobertura al monto especificado en la póliza contratada por los médicos. Sin embargo, el tribunal consideró injusto aplicar esa restricción debido a la inflación significativa y su impacto en el valor real de la indemnización. Se mencionó que el uso de términos nominales por parte de la aseguradora constituía un abuso del derecho en el contexto económico actual del país.

Este fallo no solo resalta la importancia de la responsabilidad médica, sino que además refleja la necesidad de una adecuada regulación que contemple los altibajos económicos que afectan los procedimientos de salud en Argentina, un tema de relevancia incluso en regiones como la Patagonia, donde los servicios médicos son vitales para la población.

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