ADCDiario

Confirman la continuidad educativa de un adolescente con síndrome de Down en Bariloche

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro dictó fallo a favor de un adolescente con síndrome de Down, permitiendo su continuidad escolar y asegurando la cobertura médica que necesita. La decisión se dio tras una apelación de la Provincia, que había limitado los tratamientos necesarios para el joven.

3 min de lectura
Compartir
Confirman la continuidad educativa de un adolescente con síndrome de Down en Bariloche

Un adolescente de 13 años con síndrome de Down podrá continuar sus estudios secundarios en la misma escuela donde realizó la primaria, gracias a una resolución del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro. En su fallo, el tribunal reafirmó la obligada cobertura de tratamientos necesarios para el desarrollo del joven, desestimando la apelación presentada por la provincia que cuestionaba las prestaciones solicitadas por la familia.

El caso llegó a la justicia tras las quejas de la madre del adolescente, quien argumentó que el Instituto Provincial del Seguro de Salud (Ipross) había autorizado una cantidad insuficiente de horas de acompañamiento terapéutico y sesiones de psicología, en relación con las recomendaciones de los profesionales involucrados en el tratamiento del menor. Inicialmente, Ipross había establecido una cobertura de cuatro horas diarias de acompañamiento, que luego se amplió a cinco horas, pero la familia reclamaba un total de 36 horas semanales. Además, solicitaban tres sesiones de psicología a la semana, mientras que la obra social solo autorizaba ocho encuentros mensuales.

La disputa giró en torno a la cantidad de apoyo que el joven necesitaba para asegurar su integración en la educación secundaria. Desde Ipross, sostenían que no se justificaba un aumento en las prestaciones debido a la falta de documentación que evidenciara crisis o síntomas agudos que requirieran mayor atención. Sin embargo, la madre del adolescente llevó el caso a los tribunales, buscando garantizar tanto los tratamientos médicos como la continuidad de la educación en un entorno familiar y conocido para su hijo.

A pesar de que en primera instancia la justicia falló a favor de la madre, la Fiscalía de Estado de la provincia apeló la decisión. Argumentaron que Ipross no había rechazado por completo el tratamiento del menor, sino que había limitado la cantidad de horas y sesiones autorizadas. Además, consideraron que no era responsabilidad del estado financiar la integración escolar en una institución privada, lo que generó un conflicto sobre la judicialización de la atención médica.

Este caso resalta las tensiones existentes entre las necesidades educativas de los niños con discapacidad y las decisiones administrativas de las obras sociales, en un contexto donde el acceso a la salud y la educación son fundamentales. La decisión del STJ marca un precedente importante en la defensa de los derechos de los menores en situaciones similares dentro de la provincia de Río Negro y podría influir en futuras políticas de inclusión.

La continuidad educativa y el acceso a tratamientos adecuados son cruciales para asegurar un desarrollo integral en niños con discapacidad, una problemática que cada vez cobra mayor relevancia en el ámbito escolar y de salud en la Patagonia.

Compartir

Más noticias