Desde agosto, multas para motos eléctricas que circulen por ciclovías en Perú
Desde el 2 de agosto, la Policía Nacional del Perú sancionará con multas de S/ 550 a conductores de motos eléctricas que transiten por ciclovías, reservadas exclusivamente para bicicletas y vehículos autorizados. La medida busca garantizar la seguridad de los usuarios no motorizados en estas vías.

A partir del 2 de agosto, los conductores de motos eléctricas en Perú comenzarán a ser multados con S/ 550 si utilizan las ciclovías, que están reservadas para bicicletas y vehículos de movilidad personal. Esta sanción, la G32, busca fortalecer la seguridad en estas vías y disminuir el peligro para los usuarios no motorizados, según la Policía Nacional del Perú (PNP).
La implementación de las multas sigue a un periodo de orientación de 45 días durante el cual se comunicó la nueva disposición a los conductores, referente a la regulación que clasifica a las motos eléctricas en la categoría L. Esta normativa requiere que dichos vehículos cumplan con ciertas regulaciones, incluyendo la circulación por la vía usual para motos convencionales y el cumplimiento de requisitos legales como la colocación de placas, tener un SOAT vigente y poseer una licencia de conducir correspondiente.
Además de la multa por circular incorrectamente, los conductores pueden enfrentar sanciones adicionales por no cumplir con otros requisitos legales, que pueden acumularse y superar los S/ 2.500 en total. Por ejemplo, circular sin licencia conlleva una multa de S/ 2,750 y otras infracciones como no portar la placa o el seguro obligatorio generan multas adicionales.
El presidente de la Asociación Automotriz del Perú, Elliot Tarazona, destacó que muchos propietarios de motos eléctricas han circulado sin regularizar sus vehículos debido a confusiones sobre su categorización legal al momento de la compra. Para abordar esta problemática, la asociación ha propuesto al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la implementación de un proceso que facilite la regularización de estos vehículos.
Las ciclovías están diseñadas exclusivamente para bicicletas y vehículos de movilidad personal que no superen los 25 km/h. La normativa aclara que una licencia para automóvil no otorga la habilitación para conducir motocicletas eléctricas. La determinación de sanciones por parte de las autoridades se fundamenta en el objetivo de priorizar la seguridad de los ciclistas y peatones, promoviendo un adecuado uso de las infraestructuras viales.