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El municipio de Bariloche asume el control de la publicidad callejera

La Corte Suprema de Justicia confirmó que la fiscalización de la publicidad callejera es exclusiva responsabilidad de la Municipalidad de Bariloche. Esta decisión cierra un litigio con PepsiCo sobre una deuda por derechos de publicidad.

Por Daniel Vila4 min de lectura
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El municipio de Bariloche asume el control de la publicidad callejera

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó un fallo del Poder Judicial de Río Negro que establece que la responsabilidad del control de la publicidad en la vía pública recae únicamente en los municipios. Esta sentencia se produce en el marco de un conflicto entre la Municipalidad de Bariloche y la empresa PepsiCo, que había cuestionado un cobro vinculado a derechos de publicidad y propaganda por deuda acumulada entre 2016 y 2018.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro determinó que los trabajos de inspección y verificación realizados para establecer deudas por publicidad deben ser ejecutados por funcionarios municipales. Esto significa que los municipios no pueden delegar estas competencias, que son consideradas funciones públicas, a empresas privadas. Así, la sentencia aclara que si bien los municipios pueden contratar servicios externos para asesoramiento, las tareas de fiscalización deben mantenerse en manos de sus agentes.

Este litigio comenzó cuando la Municipalidad de Bariloche reclamó una deuda a PepsiCo, utilizando informes de una empresa privada a la que había contratado para mejorar su estrategia de cobranza. Sin embargo, la empresa se presentó ante la justicia, argumentando que el personal contratado había realizado tareas que competen exclusivamente a los inspectores municipales, lo cual invalidaba la legitimidad del reclamo.

El proceso judicial atravesó varias instancias, comenzando con la declaración de nulidad sobre las disposiciones por parte de la cámara de apelaciones de Bariloche. La Municipalidad, buscando revertir esta situación, argumentó que el contrato con la empresa no implicaba la delegación de sus facultades tributarias, esenciales para manejar el cobro de derechos impositivos.

El Superior Tribunal de Justicia revisó los términos del contrato y concluyó que las funciones que llevaba a cabo la empresa iban más allá del asesoramiento, incluyendo la misma verificación y constatación de los hechos que llevaron al cobro de publicidad. Por lo tanto, la Corte reafirmó que la normativa local exige que estos procesos sean ejecutados por funcionarios públicos, preservando así la autonomía y el control del municipio sobre estas actividades.

Con el fallo firme, el municipio de Bariloche debe ahora reestructurar su enfoque sobre la gestión de la publicidad, asegurando que las funciones de fiscalización se mantengan en los márgenes de su administración. Este resultado plantea un precedente para otros municipios de la región, enfatizando la importancia de la responsabilidad pública en la regulación de la publicidad en la vía pública.

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