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El STJ garantiza cobertura médica integral para un niño con TEA

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut ordenó a la obra social Seros financiar completamente los tratamientos de un niño con Trastorno del Espectro Autista. La decisión buscó garantizar el derecho a la salud sin depender de trámites burocráticos.

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El STJ garantiza cobertura médica integral para un niño con TEA

En un fallo reciente, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut ratificó la obligación de la obra social Seros de cubrir de manera integral los tratamientos médicos y la integración escolar de un niño de cuatro años diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista (TEA). Este fallo responde a un recurso de amparo presentado por la madre del niño en Puerto Madryn, quien enfrentó dificultades para acceder a los servicios de salud necesarios debido a la falta de prestadores en la cartilla de la obra social.

El niño requería atención fonoaudiológica, ocupacional, psicológica y un acompañante terapéutico para asistir al jardín de infantes. Sin embargo, la obra social había intentado limitar estos cuidados a un sistema de reintegro, lo que significaba que la familia debía afrontar primero los costos y luego esperar el reembolso, una situación que era insostenible para ellos. Un juez de Cámara ya había dispuesto que Seros debía cubrir el 100% de los costos mediante pago directo según el Nomenclador de Prestaciones Básicas.

El STJ, a través de la ministra Silvia Bustos y otros miembros del tribunal, argumentó que las obras sociales no pueden supeditar el derecho a la salud a tramitaciones burocráticas. Bustos aseveró que el compromiso social de las obras sociales debe ser prioritario y que los derechos de salud no pueden estar supeditados a las dinámicas del mercado.

La decisión del tribunal también abordó las condiciones de pago, modificando el plazo fijado previamente. Aunque se mantuvo la obligación de cubrir los tratamientos de forma directa, se aceptó que el plazo rígido del 1 al 10 de cada mes para el pago podría ser impracticable, considerando el tiempo que requiere la administración pública para procesar los pagos a los profesionales de la salud.

Este fallo es un precedente importante en la protección de los derechos de los niños con discapacidad en la provincia de Chubut y resalta la necesidad de adecuar los sistemas de salud para asegurar un acceso eficiente y sin obstáculos a tratamientos vitales. La decisión refuerza el concepto de salud como un derecho fundamental que debe ser garantizado en forma plena y continua, especialmente en situaciones de vulnerabilidad.

Con esta medida, el STJ no solo aborda una situación específica, sino que establece pautas más claras sobre la responsabilidad de las obras sociales en casos de discapacidad, marcando un paso significativo hacia la mejora de la atención médica para niños con TEA en la región. Aún queda por ver cómo se implementarán los ajustes necesarios para que la cobertura sea efectiva y accesible en el futuro.

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