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Fallo judicial a favor de un trabajador lesionado en cooperativa de Neuquén

Luego de una larga trayectoria laboral, un operario de una cooperativa frutal en Neuquén sufrió una lesión en el hombro que lo llevó a solicitar tareas más livianas. La justicia le dio la razón tras considerar que la empresa no cumplió con su obligación de realizar un reacomodamiento laboral, permitiendo que el trabajador recibiera la indemnización correspondiente.

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Fallo judicial a favor de un trabajador lesionado en cooperativa de Neuquén

Juan trabajó durante más de diez años en una cooperativa frutal en Neuquén, desempeñándose como embalador. En agosto de 2021, sufrió una lesión en el hombro derecho al manipular cajas de fruta, lo que limitó su capacidad para realizar el trabajo que había realizado hasta ese momento. Tras recuperarse, el médico le otorgó el alta, aunque indicaba que debía ser asignado a tareas que no implicaran levantar peso. Al comunicar esta situación a la cooperativa, la respuesta fue que no había puestos disponibles que se ajustaran a su nueva condición laboral.

Ante la negativa de la empresa y sin alternativas, Juan decidió iniciar una demanda laboral. A casi cuatro años del accidente, la Cámara de Apelaciones de Neuquén dictó un fallo a su favor, confirmando que la cooperativa debió reubicarlo en un puesto acorde a su nueva capacidad laboral. En este contexto, se estableció que la decisión de no encontrar un espacio adecuado para Juan podía considerarse un despido indirecto, ya que la empresa no le ofreció opciones viables.

La cooperativa argumentó que otorgar un puesto liviano a Juan implicaría perjudicar a otros trabajadores con mayor antigüedad, y que la falta de vacantes era la razón de su negativa. Sin embargo, en el juicio, la empresa no presentó evidencia que apoyara su defensa, y seis compañeros de trabajo de Juan testificaron que existían otras tareas livianas disponibles en el galpón que él podía realizar sin inconvenientes.

Esta situación pone de relieve un aspecto crítico en las relaciones laborales, especialmente en sectores donde las tareas físicas son demandantes. La legislación argentina protege a los trabajadores con lesiones, obligando a las empresas a buscar alternativas laborales antes de considerar desvinculaciones. En este caso, la justicia determinó que la cooperativa actuó en contra de las normativas laborales al no brindar una solución apropiada para el trabajador.

El fallo no solo beneficia a Juan, quien ahora percibirá la indemnización correspondiente, sino que también establece un precedente sobre la responsabilidad de las empresas en el manejo de lesiones laborales y la adaptación de funciones, un tema relevante en la economía regional de Neuquén donde la actividad frutal es una de las principales fuentes de empleo.

Con este precedente judicial, se espera que empresas del sector frutal y otras actividades laborales tomen mayor conciencia sobre la importancia de adaptar los puestos de trabajo a las necesidades de sus trabajadores, priorizando así la seguridad y el bienestar en el ámbito laboral.

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