Fuerte sanción a Tarjeta Naranja por negligencia en atención al cliente
Una mujer de Viedma sufrió una serie de fraudes tras contactar a Tarjeta Naranja, lo que derivó en una multa significativa para la empresa por incumplimiento en su deber de atención al cliente. La Justicia subrayó la responsabilidad de las empresas en el manejo de datos y la obligación de colaborar con las autoridades en estos casos.

Una vecina de Viedma enfrentó una situación crítica cuando al intentar solucionar un problema relacionado con un servicio de streaming, se convirtió en víctima de un fraude informático. Al comunicarse con un supuesto canal de atención al cliente de Tarjeta Naranja, delincuentes accedieron a sus datos personales, lo que llevó al vaciamiento de sus cuentas y a realizar operaciones fraudulentas, incluyendo transferencias a través de Mercado Pago.
Al darse cuenta de las irregularidades en sus cuentas bancarias, la mujer se dirigió a la oficina de Defensa del Consumidor para presentar su reclamo. Este organismo provincial tomó su caso con seriedad y exigió a Tarjeta Naranja un informe completo que incluyera detalles sobre el estado de la cuenta y las medidas de seguridad que habían estado vigentes. Este tipo de intervención es habitual en situaciones donde hay sospechas de negligencia por parte de entidades crediticias.
A pesar de haber sido notificada y de contar con una extensión para presentar la documentación necesaria, Tarjeta Naranja fracasó en cumplir con el plazo establecido. En consecuencia, Defensa del Consumidor decidió imponer una sanción administrativa sobre la empresa, aplicando la Ley de Defensa del Consumidor y otras normativas provinciales vigentes que protegen a los usuarios.
En respuesta a esta sanción, Tarjeta Naranja apeló la medida ante la Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa en Viedma, argumentando que el fraude había sido perpetrado por actores externos y resaltando que no había evidencias de préstamos o débitos incorrectos vinculados directamente a su sistema. Sin embargo, la corte desestimó estos argumentos y se focalizó en el incumplimiento administrativo de la compañía, dejando claro que la falta de tiempo en la respuesta no era justificación suficiente.
El fallo judicial enfatizó que la responsabilidad de las empresas no se limita a la protección de sus sistemas, sino que también involucra la colaboración activa con las autoridades en investigaciones relacionadas con fraudes. La Justicia explicó que este incumplimiento en proporcionar la información exigida dentro de los plazos establecidos potencia la gravedad del caso, lo que deriva en la confirmación de la multa impuesta
Esta situación resalta la importancia de la responsabilidad de las entidades financieras no solo en la gestión de los fraudes que sufran sus clientes, sino también en la atención y resolución de los reclamos que esos clientes realicen ante cualquier inconveniente. La jurisprudencia sentada en este fallo podría servir de precedente en futuros casos similares, evidenciando que hay consecuencias para las empresas que no cumplen con sus obligaciones de manera adecuada.
El caso abre un debate sobre la capacidad de las empresas de crédito para manejar efectivamente los reclamos de sus clientes y su deber de mantener no solo la seguridad de los datos, sino también la comunicación y asistencia adecuada en situaciones de emergencia.