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Hombre de San Isidro recibirá indemnización tras descubrir que no es el padre biológico

Un hombre de 43 años recibió una indemnización tras descubrir que sus hijos no eran biológicos. La justicia condenó a su expareja y a su primo por ocultar esta información.

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Hombre de San Isidro recibirá indemnización tras descubrir que no es el padre biológico

La justicia civil en San Isidro dictó una sentencia a favor de un hombre de 43 años que, tras un proceso judicial, recibió una indemnización de 1.500.000 pesos. Esta compensación es el resultado del "ocultamiento negligente" por parte de su expareja y su primo, quienes le engañaron durante años sobre la paternidad de sus dos hijos menores.

La situación comenzó a aclararse en 2018 cuando el hombre empezó a sospechar de la fidelidad de su pareja. Posteriormente, realizó un estudio de ADN privado que confirmó sus temores: no tenía un vínculo biológico con los niños que había reconocido como propios. Esto llevó a que un juzgado de familia anulara su filiación en 2021, estableciendo que su primo era en realidad el padre biológico.

A raíz de este descubrimiento, el demandante inició una acción legal por daños y perjuicios en 2023. En el juicio, la expareja argumentó que la relación se había caracterizado por conflictos y separaciones, sugiriendo que desconocía la verdadera paternidad de los menores. Por su parte, el primo intentó defenderse afirmando que el demandante ya sabía de las relaciones entre ellos y que ninguno estaba al tanto de la paternidad hasta que el ADN reveló la verdad.

El fallo se centró en determinar si hubo un ocultamiento de la verdad. La jueza concluyó que la madre tenía un deber ineludible de informar a su pareja sobre su relación con otra persona durante el tiempo de concepción, y al no hacerlo, incurrió en un "ocultamiento negligente" que vulneró el derecho del hombre a conocer su verdadera identidad familiar. El primo fue considerado culpable por facilitar este encubrimiento.

Durante el proceso, se tuvo en cuenta que el hombre crió a los niños como sus hijos y que, pese a la falta de vínculos biológicos, estos lo consideraban su padre, lo que intensificó el impacto emocional del hallazgo. Sin embargo, el tribunal rechazó algunas de las demandas por daños psicológicos, ya que la evaluación psiquiátrica no apoyó la necesidad de reparaciones por ese rubro.

Este fallo enfatiza la importancia de la transparencia en las relaciones familiares y las consecuencias legales del ocultamiento de información fundamental en la historia de vida de los individuos. La sentencia no solo aborda el daño moral causado, sino que también sienta un precedente sobre el derecho a conocer la identidad biológica.

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