ADCDiario

Impuestos al invertir en inmuebles en Neuquén: compra, alquiler y venta

En Neuquén, invertir en inmuebles implica pagar impuestos en tres etapas: compra, alquiler y venta. Los beneficios fiscales varían según el titular de la propiedad y su uso, lo que complica la planificación fiscal para los propietarios.

Por Diego Penizzotto4 min de lectura
Compartir
Impuestos al invertir en inmuebles en Neuquén: compra, alquiler y venta

La inversión en el sector inmobiliario en Neuquén se ha vuelto más atractiva gracias al impulso económico que ha generado la explotación de Vaca Muerta. Esta situación ha llevado a muchos a considerar este mercado como una opción viable para preservar su capital y generar ingresos, especialmente utilizando los llamados “dólares del colchón”, que son ahorros en moneda extranjera que se conservan como reserva.

Sin embargo, aquellos interesados en adquirir propiedades deben tener en cuenta que existen diversos impuestos que deben abonar en etapas diferentes: al momento de la compra, durante la tenencia y cuando decidan vender. La carga impositiva comienza con el Impuesto de Sellos provincial, que se aplica al momento de la escritura, con una tasa del 3% sobre el valor más alto entre el precio de compra y la valuación fiscal. En este proceso, los costos suelen repartirse entre el comprador y el vendedor. Además, el boleto de compra-venta implica un impuesto adicional del 1,4%.

Es importante mencionar que existe una exención para la compra de la vivienda única familiar, siempre que el precio no supere los 195 millones de pesos y el comprador no posea otras propiedades. Si el valor excede esa cifra, se tributará únicamente sobre el monto que supere el límite establecido.

Una vez que el propietario mantiene la tenencia del inmueble, deberá abonar el Impuesto Inmobiliario y tasas municipales. Dependiendo de su patrimonio, podría también estar sujeto a Bienes Personales; sin embargo, hay una exención vigente que alcanza a inmuebles alquilados como vivienda, siempre que estén registrados en el Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI), hasta un límite legal.

Por otra parte, desde el 2026, los alquileres que se devengan generarán una exención del impuesto a las Ganancias, aunque el contrato corresponda a un período anterior. Esta regulación está restringida a personas humanas y sucesiones indivisas. La vivienda debe ser única y permanente para cada inquilino, lo que genera un desafío adicional ya que el propietario podría no tener medios para verificar si su inquilino cumple con esta condición.

Los inquilinos, por su parte, pueden beneficiarse de deducciones en el SIRADIG del 50% del alquiler facturado, siempre que no sean propietarios de ningún inmueble. Para acceder a esta deducción, el contrato también debe estar correctamente registrado. Por lo tanto, el impacto de los impuestos y las exenciones varía considerablemente dependiendo de la persona y la naturaleza de la tenencia del inmueble, lo que podría llevar a confusiones en la estructura de costos asociada a las inversiones inmobiliarias en la región.

Compartir

Más noticias