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Inquilino deberá indemnizar al propietario tras incumplir contrato de alquiler

Un inquilino fue condenado por la Justicia Civil a pagar una indemnización tras permanecer en una propiedad sin contrato vigente. La decisión judicial se sustentó en el perjuicio económico sufrido por el propietario.

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Inquilino deberá indemnizar al propietario tras incumplir contrato de alquiler

La Justicia Civil resolvió un caso relacionado con la ocupación indebida de un departamento luego de la finalización del contrato de alquiler. En este caso, el inquilino había dejado de pagar su alquiler, acumulando deudas que llevaron al propietario a iniciar un proceso judicial de desalojo que culminó en un fallo que obliga al inquilino a indemnizar al dueño por los meses en los que ocupó ilegalmente la vivienda.

El juez Javier Alarcón fundamentó que el daño económico sufrido por el propietario no está ligado a la posibilidad de alquiler a un tercero, sino a la privación de la disponibilidad del inmueble. La decisión judicial se basa en asegurar que los propietarios puedan recuperar la posesión de sus propiedades una vez finalizado el contrato, independientemente de si hay o no un nuevo inquilino interesado en alquilar.

En este caso particular, el inquilino había pagado el depósito y tres meses de alquiler antes de caer en incumplimiento. A partir de entonces, acumuló deudas, no solo por el alquiler, sino también por el servicio de electricidad. Esto llevó al propietario a reclamar judicialmente el desalojo, acción que se notificó formalmente el 2 de agosto de 2024, momento a partir del cual se determinó la obligación del inquilino de devolver el inmueble.

El monto de la indemnización fue calculado tomando como referencia los precios de mercado de departamentos similares en la zona. La condena a indemnizar supera un millón de pesos por cada mes de ocupación indebida, desde la fecha de inicio del desalojo requerido por el propietario. Este monto se ajustó considerando la evolución de los precios del alquiler en el tiempo.

Además, la resolución judicial incluye al fiador solidario del contrato, quien también es responsable de las deudas generadas durante el período de incumplimiento. Se destacó en la sentencia que el contrato de alquiler ya establecía que la garantía abarcaba todas las obligaciones, incluyendo el desalojo y los daños causados por el inquilino.

Este fallo refuerza la importancia de los derechos de los propietarios en el contexto del alquiler de viviendas en la región, y sirve como un precedente para casos similares en un mercado que enfrenta frecuentemente atrasos en los pagos y problemas de ocupación.

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