Justicia en Neuquén niega prisión domiciliaria a hombre condenado por abuso
La Justicia de Neuquén decidió denegar la solicitud de prisión domiciliaria presentada por un hombre de 71 años condenado a 11 años de prisión por abusos sexuales. El tribunal consideró que no se justificaba el beneficio solicitado y que existían riesgos asociados al caso.

El Tribunal de Impugnación de Neuquén desestimó de manera unánime el pedido de prisión domiciliaria solicitado por la defensa de un hombre de 71 años que se encuentra cumpliendo una condena de 11 años de prisión efectiva. El condenado, identificado por las iniciales R.A.V., fue hallado culpable de cometer delitos graves contra la integridad sexual de dos niñas. La resolución se produjo luego de una audiencia donde la fiscal Julieta González argumentó en contra del pedido de la defensa, que buscaba revertir una decisión previa del Tribunal Revisor.
Los delitos por los cuales fue condenado incluyen abuso sexual gravemente ultrajante y acceso carnal, ambos cometidos de forma continuada contra una de las niñas, así como abuso sexual simple continuado contra otra. Los magistrados, compuestos por las juezas Liliana Deiub y Patricia Lupica Cristo y el juez Andrés Repetto, admitieron formalmente el recurso de la defensa pero lo rechazaron por las razones que fundamentan la condena inicial.
La fiscal González enfatizó que la avanzada edad del condenado no es un argumento suficiente para otorgar el beneficio de la prisión domiciliaria. En su exposición, destacó que en el contexto de la ejecución de la pena, la norma general es la permanencia en un establecimiento penitenciario y que la prisión domiciliaria debe tener justificativos sólidos. La fiscal explicó que el hecho de ser mayor de 70 años no exime al condenado de cumplir con su pena en prisión.
Además, se analizaron las condiciones del domicilio propuesto por la defensa para la ejecución de la condena, el cual fue considerado inadecuado, presentando deficiencias edilicias y peligro para la seguridad de las infancias. Los jueces también resaltaron la falta de autocrítica del condenado y el riesgo que podría suponer para su entorno familiar. Estos puntos fueron cruciales en la decisión final del tribunal.
Los abusos por los que R.A.V. fue condenado ocurrieron en su vivienda en el barrio El Progreso de Neuquén capital, donde aprovechaba la situación de soledad con las niñas para cometer las agresiones bajo amenaza. Este contexto resalta la gravedad de los hechos y justifica la firme postura del Ministerio Público Fiscal en la audiencia.
Con esta resolución, el condenado deberá continuar su cumplimiento de pena en el penal, subrayando la importancia de proteger a las víctimas y reafirmar el compromiso del sistema judicial con la justicia en casos de violencia sexual.