Justicia ordena indemnizar a pasajeros afectados por huracán en el Caribe
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial dictó una resolución que obliga a una aerolínea a indemnizar a dos pasajeros afectados por la cancelación de su vuelo debido al huracán Irma.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvió recientemente que una aerolínea internacional debe indemnizar a dos pasajeros que, tras su viaje a Curazao, fueron afectados por el huracán Irma en 2017. La compañía también deberá restituir una penalidad que les había cobrado para realizar el regreso. Esta decisión se basa en la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, pese a que el contrato era internacional, lo cual marca un precedente importante en la protección de derechos de los pasajeros.
Los reclamantes, de 64 y 49 años, se encontraban en la isla de Saint Martin cuando el huracán Irma modificó drásticamente su itinerario. Evacuados a Punta Cana, enfrentaron una situación angustiante, ya que la aerolínea les exigió el pago de una penalidad para poder abordar un vuelo de regreso a Buenos Aires. Esta imposición se interpretó como un incumplimiento de contrato, ya que debían haber reubicado a los pasajeros sin costo adicional en virtud de la emergencia.
Ante la primera instancia, el juez condenó a la aerolínea a abonar más de dos millones de pesos por la penalidad, además de cinco millones por daño moral. La sentencia destacaba la falta de asistencia y comunicación adecuada por parte de la empresa durante la crisis, un factor que acentuaba la especial vulnerabilidad de los pasajeros en un contexto de desprotección.
Sin embargo, la compañía apeló, argumentando que el contrato de transporte aéreo internacional cae bajo un régimen especial y que la reprogramación fue resultado de fuerza mayor. Asimismo, cuestionaron la cuantificación de los daños que se les atribuyeron. La Cámara Comercial reconsideró estos argumentos y reafirmó que la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor era pertinente, protegiendo así los derechos de los viajeros.
El tribunal modificó parcialmente la sentencia original, reduciendo los montos de indemnización asignados, pero reconociendo la autoría del incumplimiento por parte de la aerolínea. Este fallo sienta un precedente significativo, no sólo para los pasajeros que enfrentan situaciones similares, sino también para las regulaciones dentro del ámbito del transporte aéreo internacional.
La resolución subraya la importancia del marco normativo para la protección de los consumidores en cualquier circunstancia, incluidas las emergencias externas como desastres naturales, lo que podría estimular a otros pasajeros a reclamar en situaciones semejantes en la Patagonia y el resto del país. El caso también invita a reflexionar sobre la responsabilidad de las aerolíneas en la asistencia a sus pasajeros, especialmente en situaciones extremas.
Este fallo podría tener un impacto significativo en la jurisprudencia relacionada con el transporte aéreo y podría modificar las políticas de atención al cliente de las aerolíneas en el futuro, especialmente considerando la frecuente ocurrencia de eventos climáticos severos que afectan los itinerarios de vuelos.