Justicia responsabiliza a empresas por pérdida de un equipo de kitesurf
Un hombre de Viedma adquirió un costoso equipo de kitesurf que no llegó a su destino. La Justicia determinó la responsabilidad tanto del vendedor como de las empresas de transporte involucradas en la entrega.

Un hombre radicado en Viedma realizó la compra de un equipo completo de kitesurf, valuado en más de cinco millones de pesos, a través de transferencias bancarias a la empresa Deportes Extremos S.A., que opera en Buenos Aires. El producto, destinado a viajar desde La Lucila hacia Viedma, fue despachado mediante el servicio de encomiendas de Vía Cargo. Sin embargo, el paquete nunca llegó a su destino, generando una serie de reclamos por parte del comprador.
Tras varios intentos de rastreo del paquete por parte de la transportista, esta informó que no había podido localizarlo. Ante la falta de resolución, el afectado decidió presentar un reclamo tanto contra la empresa vendedora como contra la transportista. La situación escaló y llegó al ámbito del fuero civil en Viedma, donde se debía determinar la responsabilidad sobre la mercancía perdida tras su entrega a la empresa de transporte.
El fallo judicial, que estudió detenidamente el caso, aclaró que la empresa vendedora no podía lavarse las manos en esta situación. Aunque Deportes Extremos S.A. argumentó que había cumplido con su obligación al entregar el paquete a la transportista, el juez resaltó que la entrega a la empresa de transporte no exime a la firma de su responsabilidad ante el consumidor. La sentencia enfatizó que el vendedor aceptó el pago y figuró como remitente del envío, lo que lo comprometía a asegurar la llegada del producto al cliente.
El magistrado subrayó que, a pesar de una cláusula en las condiciones comerciales de la venta que indicaba que los envíos se realizaban por cuenta y riesgo del comprador, esto no era suficiente para trasladar la totalidad de la responsabilidad por el incumplimiento. La ley de Defensa del Consumidor fue fundamental en este análisis, incentivando la protección del cliente en casos de transacciones comerciales.
La resolución judicial implicó que tanto Deportes Extremos S.A., como Vía Cargo y Vía Bariloche, asumían una responsabilidad solidaria por la pérdida del equipo. Aunque cada una de las empresas intentó limitar su responsabilidad en la situación, el fallo concluyó que ninguna pudo demostrar que contaba con causas ajenas que la eximieran de la obligación de respuesta ante el consumidor.
Este caso resuena especialmente en la Patagonia, donde el crecimiento del comercio electrónico ha incrementado la necesidad de contar con sistemas de transporte confiables. La decisión del juez destaca la importancia de la responsabilidad comercial y la protección del consumidor en el contexto de la economía regional.