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Justicia sobresee a mujer acusada de calumnias contra una banda en Viedma

La Justicia de Viedma sobreseyó a una mujer imputada por calumnias luego de que la querella no actuara por más de un mes. La decisión revoca un fallo previo y da por cerrada la causa tras considerar que no hubo avances en el proceso.

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Justicia sobresee a mujer acusada de calumnias contra una banda en Viedma

La Justicia de Viedma anunció el sobreseimiento total y definitivo de una mujer acusada de calumnias contra integrantes de una banda musical local. Este fallo fue dictado por el juez Marcelo Chironi después de que se constatara que la querella no había realizado ninguna acción procesal durante más de 30 días, lo que, según el Código Procesal Penal, se considera un abandono de la causa.

La investigación se inició por una serie de publicaciones en redes sociales donde se acusaba a los músicos de ser abusadores. Estas acusaciones, difundidas a través de carteles y mensajes, habrían afectado la participación del grupo en diferentes eventos. La querella había presentado su queja argumentando que estas afirmaciones llevaron a la cancelación de varios shows, además de ser enviadas a organizadores de espectáculos y funcionarios municipales.

El juez Chironi explicó que para que el proceso continúe, no solo se requieren actos formales, sino respuestas concretas que avancen en la causa. En su fallo, revocó una decisión anterior que había negado la solicitud de sobreseimiento de la defensa y destacó que los cambios de abogado o domicilio no constituyen un impulso procesal válido. Reiteró que la simple realización de reuniones extrajudiciales tampoco puede ser interpretada como un avance en el procedimiento judicial.

Chironi subrayó que no se presentó ninguna justificación válida para inactivar la causa durante el tiempo establecido, y por ello, resolvió que el abandono tácito se configuró tras 30 días sin acción, resultando en la extinción de la acción penal, en este caso un delito de acción privada. La querella había invocado un precedente de la Corte Suprema que, según argumentaron, impediría tal extinción; sin embargo, el juez consideró que este no era aplicable a este tipo de acusaciones.

Además, la defensa cuestionó la imparcialidad del juez de Garantías, argumentando que había consultado información del sistema judicial que no había sido entregada por las partes. Este aspecto fue abordado en la sentencia, pero no influyó en el resultado final del sobreseimiento.

Este fallo resalta un aspecto importante del sistema judicial argentino respecto a la acción de procedimientos privados y la necesidad de mantener un avance en las causas que, de no ser atendidas, pueden ser abandonadas automáticamente. La resolución podría sentar un precedente sobre la importancia de la actividad proactiva en el ámbito judicial.

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