La Corte Suprema declara inconstitucionales siete artículos del reglamento de extranjería
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmaron la validez del reglamento de extranjería, pero anularon siete artículos que violan derechos constitucionales e internacionales.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha decidido anular siete artículos del reglamento de extranjería, establecido mediante el decreto 771/2023, al considerarlos contrarios a la Constitución Nacional y a convenios internacionales ratificados por Argentina. Esta decisión, respondida a un recurso presentado por organizaciones de derechos humanos y asociaciones de migrantes, marca un cambio significativo en la jurisprudencia sobre control migratorio en el país.
El fallo establece límites claros al poder administrativo en cuestiones de migración, afirmando que las regulaciones no pueden reemplazar las garantías constitucionales. Los artículos invalidados abarcan medidas que permitían la detención de migrantes sin autorización judicial, la negación automática de permisos por antecedentes penales menores, y la imposición de fianzas desproporcionadas para regularización migratoria. Estos puntos, que generaron protestas desde diversos sectores, ponían en riesgo los derechos de las personas en situación migratoria.
Desde diciembre de 2023, el reglamento original buscaba reorganizar el ingreso y permanencia de extranjeros en Argentina, proponiendo cambios que incluían plazos ampliados para detenciones administrativas y limitaciones en el acceso a la justicia. La reacción contra esas normativas fue inmediata, contando con la oposición de la Defensoría del Pueblo, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que incluso había emitido medidas cautelares en el pasado ante la posibilidad de violaciones a derechos humanos.
Aunque la Corte declaró inconstitucionales ciertos artículos, otros 23 se mantienen en vigor, entre los cuales destacan la modernización de trámites digitales y la creación de un registro nacional de extranjeros. Esto confirma que la política migratoria debe equilibrar los intereses del Estado con las obligaciones internacionales que el país ha contraído, especialmente en relación con la protección de los derechos de los trabajadores migratorios.
Una de las implicaciones más concretas del fallo es que ahora cualquier decisión de expulsión deberá ser evaluada en un juicio administrativo que garantice derecho a la defensa y la posibilidad de apelación. Hasta ahora, la Dirección Nacional de Migraciones había aplicado criterios que privilegiaban las expulsiones rápidas. El impacto de esta decisión es particularmente relevante, dado que más de 1.200 casos de deportaciones se llevaron a cabo entre enero y octubre de 2023 utilizando esas normativas.
De acuerdo con datos del INDEC, Argentina alberga a más de 2,5 millones de personas extranjeras; un 78% de los migrantes irregulares proviene de países limítrofes como Bolivia, Paraguay y Perú. La decisión de la Corte refuerza el papel del Poder Judicial como protector de los derechos en el contexto migratorio y establece un precedente clave para futuras reformas.
El gobierno nacional aún no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre el fallo, pero fuentes del Ministerio del Interior indicaron que se están considerando ajustes al reglamento en consonancia con la sentencia. Organizaciones de migrantes han celebrado esta resolución, viéndola como un avance hacia el respeto de derechos frente a lo que consideran una "burocracia represiva".