La Corte Suprema elimina límite a la venta de tierras a extranjeros
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó un fallo que declaraba inconstitucional la venta de tierras rurales a extranjeros. La decisión se enmarca en un litigio iniciado por excombatientes de Malvinas, cuyo amparo fue desestimado por falta de legitimación.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) decidió revocar el fallo que había anulado el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23, que derogó la Ley de Tierras Rurales. Esta decisión implica que ya no existe un límite legal a la venta de tierras a extranjeros en el país. La CSJN argumentó que la entidad que promovió la acción carecía de legitimación, lo que significó que no se cumplía con los requisitos necesarios para posicionar un caso ante el tribunal.
En su dictamen, la Corte indicó que “frente a la clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, no es posible tener por configurado un caso o controversia”. Este pronunciamiento se refiere a la acción presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM), que buscaba declarar la inconstitucionalidad del artículo mencionado de la normativa impulsada por el gobierno de Javier Milei en diciembre de 2023.
La CSJN subrayó que su decisión no implica un juicio sobre la validez constitucional del Decreto 70/23, sino que se limita a rechazar la demanda por cuestiones formales de legitimación. El fallo cuestiona, además, la actuación de tribunales inferiores que habían aceptado legitimaciones no acordes a lo establecido por la constitución, lo cual genera un debate sobre la correcta interpretación de los derechos de incidencia colectiva y la protección de la soberanía territorial.
El CECIM presentó el amparo con la intención de defender la soberanía nacional en un contexto donde se había derogado la ley 26.737, que protegía el dominio nacional sobre tierras rurales. Sin embargo, la Corte consideró que el CECIM no tenía fundamento jurídico para actuar en nombre de la soberanía nacional como un derecho de incidencia colectiva.
El conflicto judicial se originó tras la derogación de la ley que regulaba la posesión y tenencia de tierras rurales en Argentina. A pesar de que la Cámara Federal de La Plata había admitido la legitimación del CECIM en un fallo anterior, la Corte ha reafirmado que para presentar un caso se requiere de un interés legítimo y colectivo, lo que no se cumplía en este caso.
La repercusión de esta resolución se puede sentir en distintos sectores de la economía nacional, especialmente en el agro y el inmobiliario. La decisión podría facilitar inversiones extranjeras en tierras rurales argentinas, ya que elimina restricciones que habían sido consideradas como barreras para el ingreso de capitales.