La Corte Suprema exige a Meta identificar a quienes realizaron un escrache en redes
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una sentencia que exige a Meta la identificación de quienes administran cuentas anónimas que realizaron un escrache contra un estudiante de la Universidad Nacional de La Plata. Esta resolución busca proteger el derecho a la defensa y la intimidad del afectado.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha tomado una decisión importante al ordenar a la empresa Meta, propietaria de Facebook e Instagram, que proporcione información sobre los administradores de cuentas anónimas que llevaron a cabo un escrache virtual contra un estudiante universitario de la Universidad Nacional de La Plata, identificado como F.C. El máximo tribunal anuló una sentencia de la Cámara Federal de La Plata que previamente había desestimado el reclamo del joven.
El escrache en cuestión involucró la difusión de publicaciones que acusaban al estudiante de ser un “abusador, manipulador psicológico y machista”, utilizando su fotografía y su nombre, lo que generó un impacto negativo en su vida social y profesional. El joven argumentó que estas publicaciones, además de faltarle al honor, lo colocaron en una situación de indefensión y le causaron serios perjuicios en su ámbito docente. Las cuentas vinculadas a esta acusación pertenecen a una supuesta comisión de género dentro de la facultad, pero desde la universidad confirmaron que no cuentan con el respaldo institucional.
En su resolución, la Corte subrayó que la información que Meta debe proporcionar incluye datos como correos electrónicos, direcciones IP y detalles sobre el uso de dispositivos, necesarios para identificar a los autores del escrache. Este caso resalta la preocupación sobre la violencia de género en el entorno universitario, pero también plantea interrogantes sobre el anonimato en internet y su potencial para causar daño a los derechos de las personas.
El fallo establece un importante precedente al establecer que, aunque la violencia de género es un asunto de interés público que requiere atención del estado, las denuncias no deben realizarse de manera anónima y sin proporcionar al acusado la posibilidad de defenderse. Los ministros de la Corte coincidieron en que el anonimato en redes sociales puede amplificar el daño a derechos individuales, manifestando que el caso del estudiante lo colocó en una “grave situación de indefensión”.
Desde 2015, la Universidad Nacional de La Plata cuenta con un Protocolo de Actuación ante situaciones de Discriminación y/o Violencia de Género, pero este incidente ha puesto de relieve la necesidad de un manejo responsable del uso de redes sociales por parte de grupos que buscan visibilizar estas problemáticas. La Corte reafirmó la importancia de proteger el honor y privacidad de las personas, incluso en el marco de denuncias vinculadas a derechos humanos.
Este fallo no solo establece la responsabilidad de las plataformas digitales en la identificación de usuarios, sino que también crea un precedente relevante sobre cómo se deben abordar las acusaciones en el entorno digital, garantizando el derecho a la defensa y el respeto a la intimidad de los individuos involucrados en tales situaciones.