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La Justicia autoriza a una madre a mudar a sus hijos al exterior

La Cámara de Apelación de Lomas de Zamora autorizó el cambio de residencia de dos menores al extranjero, en un caso que involucra derechos parentales y el interés superior del niño.

Por Pablo Méndez5 min de lectura
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La Justicia autoriza a una madre a mudar a sus hijos al exterior

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora tomó la decisión de permitir que una madre mude el centro de vida de sus dos hijos menores, de 14 y 11 años, al extranjero. Este fallo surge tras un proceso judicial que planteó cuestionamientos sobre los derechos de ambos progenitores y el bienestar de los niños, en el marco de la normativa vigente que protege el interés superior de los menores.

El conflicto comenzó cuando la madre solicitó oficialmente la autorización para reubicar a sus hijos, argumentando que este cambio significaría un avance para el proyecto familiar y que contaba con el apoyo de familiares cercanos en el nuevo destino. Sin embargo, el padre se opuso férreamente a la mudanza, alegando que perjudicaría su relación con los niños y que el fallo no consideraba adecuadamente su rol como padre ni sus derechos.

El tribunal de primera instancia otorgó la autorización correspondiente a la madre, sustentando su decisión en el deseo manifestado por los hijos de mudarse y en los informes elaborados por profesionales que avalaron la conveniencia de este cambio. El juez utilizó el asentimiento judicial para suplir la falta de aprobación del padre, considerando que la opinión de los menores era fundamental para la resolución del caso.

A pesar de su oposición, el padre apeló el fallo, argumentando falta de una evaluación exhaustiva por parte del juez y expresión de su descontento con el proceso, al no haberse determinado un domicilio preciso en el extranjero. A su vez, recalcó que su implicación en la vida de los niños no había sido tomada en cuenta como corresponde.

La Cámara resaltó, sin embargo, que el hecho de que la madre y los menores ya residieran parcialmente en el extranjero no obstaculizaba el derecho del padre a apelar, señalando que el bienestar general de los niños es un factor clave en estas decisiones. Se hizo especial hincapié en que, aunque el cambio de residencia permanente debería contar con la aprobación de ambos padres, la intervención del sistema judicial es vigente en casos de desacuerdo.

Durante el proceso, los menores fueron escuchados en cumplimiento de lo que establece la Convención sobre los Derechos del Niño, donde ambos expresaron su deseo de trasladarse, destacando la importancia de familiares y figuras afectivas en el destino propuesto. Las evaluaciones psicosociales corroboraron el interés de los niños en el cambio y la existencia de un plan familiar que podría ofrecer estabilidad y oportunidades a largo plazo.

Por último, el tribunal recordó que decisiones previas avalaron que el desarrollo profesional de la madre puede ser beneficioso para el bienestar de sus hijos, siempre que se custodie el interés superior de estos. La presencia de familiares en el lugar de la mudanza y los planes laborales de la madre fueron considerados aspectos positivos en la evaluación del futuro de los menores. Este caso resalta la complejidad de las disputas sobre custodia y residencia en el contexto de la ley argentina, bajo el principio del bienestar infantil como norte central.

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