La Justicia condena al Banco Patagonia por despido discriminatorio en Chubut
La Cámara de Apelaciones de Esquel confirmó la condena de más de 32 millones de pesos contra Banco Patagonia por un despido discriminatorio. La anulación se basa en contradicciones presentadas por la entidad respecto a los motivos de la desvinculación de un empleado con afecciones psiquiátricas.

La Justicia de Esquel dictó un fallo en el que se ratifica la condena de más de 32 millones de pesos a Banco Patagonia, debido a un despido considerado arbitrario y discriminatorio. La decisión fue tomada por los jueces Jorge Luis Früchtenicht y Günther Enrique Flass, quienes coincidieron en que la desvinculación del trabajador fue injusta, especialmente en el contexto de su afección psiquiátrica.
El caso se originó cuando el empleado presentó certificados médicos que justificaban sus ausencias por razones de salud mental. A pesar de ello, el banco realizó pruebas laborales y argumentó que estaba en condiciones de trabajar, optando posteriormente por despedirlo. Este acto fue rápidamente impugnado en los tribunales, donde se analizó la legalidad del despido y se concluyó que no había justificación válida para la separación del empleado.
Durante el proceso judicial, las contradicciones en las argumentaciones del banco fueron determinantes. En diferentes comunicaciones formales, la entidad cambió varias veces los motivos del despido, lo que vulneró el derecho del trabajador a conocer la causa real de su desvinculación. La Cámara de Apelaciones consideró que esta falta de claridad en los argumentos era inaceptable y contraria a las normativas laborales que protegen al empleado.
En su resolución, el juez Früchtenicht enfatizó que el banco no había presentado evidencia suficiente para respaldar su decisión, destacando la prohibición de modificar los motivos del despido, cosa que asegura el derecho de defensa del trabajador. Mientras tanto, Flass coincidió en que las explicaciones contradictorias no podían justificar el accionar del banco.
Además, la Cámara señaló que el despido se configuró como un acto discriminatorio de acuerdo a la legislación vigente, específicamente la Ley 23.592 que protege a los trabajadores en situaciones de vulnerabilidad. Ante la negativa del banco a abonar las indemnizaciones solicitadas por el empleado, la justicia falló a favor del trabajador, primero en instancia primaria y luego al confirmar la condena, que incluye indemnizaciones, diferencias salariales y daños morales.
La sentencia definitiva impone a Banco Patagonia una condena total de $32.042.629, así como el pago de los costos del proceso. Esta resolución no solo marca un precedente en la protección de los derechos laborales en Chubut, sino que también se convierte en un caso emblemático para la defensa de aquellos trabajadores que enfrentan situaciones de discriminación por razones de salud.
Se prevé que esta decisión genere un importante debate en torno a las prácticas laborales en la región, en un contexto donde la salud mental en el ámbito laboral cobra cada vez más relevancia y se busca una mayor protección de los derechos de los trabajadores.