La justicia define el orden de apellidos de una niña tras conflicto familiar
Un tribunal de Viedma resolvió un conflicto entre padres sobre el apellido de su hija, priorizando el interés superior de la menor. El fallo establece mantener el apellido materno en primer lugar y el paterno en segundo, teniendo en cuenta la identidad de la niña.

Un conflicto entre padres por el apellido de su hija llevó a la justicia de Viedma a tomar una decisión centrada en el interés superior de la menor. La disputa comenzó cuando el padre, tras una prueba de ADN que corroboró su paternidad con una certeza del 99,99%, buscó ser reconocido legalmente. Hasta ese momento, la niña solo llevaba el apellido de su madre.
Después de establecer la paternidad, la discusión se centró en el orden de los apellidos. La madre defendió que su hija conservara solo su apellido, fundamentando su postura en su rol exclusivo en la crianza y experiencias de violencia con el padre. Por su parte, el progenitor solicitó que su apellido figurara en primer lugar.
La jueza encargada del caso en la Unidad Procesal de Familia N° 11 analizó ambos argumentos, pero determinó que la identidad de la niña debía ser el criterio principal de su decisión. "Es necesario pensar en la niña y en su identidad", afirmó la magistrada, alejándose de los intereses personales de los adultos involucrados.
El Código Civil y Comercial sostiene que ante la falta de acuerdo entre los padres, el juez debe decidir el orden de los apellidos basado en el interés del niño. En este caso, considerando la corta edad de la menor y que desde su nacimiento había estado registrada bajo el apellido de su madre, la jueza optó por mantener el apellido materno en primer lugar, sumando el paterno en segundo lugar. Esta solución no satisfizo completamente las demandas de ninguno de los padres.
Además, el fallo contempla la posibilidad de que, al crecer, la niña pueda solicitar cambiar o suprimir alguno de sus apellidos si así lo desea. Se ordenó al Registro Civil realizar las modificaciones pertinentes en el acta de nacimiento y actualizar el DNI de la menor para reflejar la nueva situación.
Esta decisión judicial no solo resuelve un conflicto familiar, sino que también establece un importante precedente en la consideración del bienestar y la identidad de los niños en situaciones de disputas parentales, mostrando un enfoque que pone por delante las necesidades del menor frente a los intereses de los adultos.