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La Justicia falló a favor de una vendedora de auto por multas no pagadas

Un fallo judicial en Neuquén estableció que un comprador debe registrar un vehículo a su nombre y restituir a la vendedora el monto de multas no pagadas. La decisión fue tomada tras la prueba de incumplimientos por parte del comprador, quien nunca realizó la transferencia del auto tras su adquisición en 2012.

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La Justicia falló a favor de una vendedora de auto por multas no pagadas

Un reciente fallo del juez civil Javier Alarcón ha favorecido a una mujer que, tras vender su auto en 2012, continuó recibiendo multas por infracciones de tránsito relacionadas con el vehículo. La sentencia obliga al comprador a registrar el automóvil a su nombre y a devolver a la vendedora el dinero gastado en las multas, que ella se vio forzada a pagar para evitar sanciones legales mayores.

La venta del auto tuvo lugar en mayo de 2012 en Neuquén, donde la vendedora completó todos los trámites necesarios, incluyendo la firma del Formulario 08 y la denuncia de venta ante el Registro del Automotor. Sin embargo, el comprador nunca llevó a cabo la transferencia oficial del vehículo, lo que provocó que siguiera inscrito a nombre de la vendedora.

Con el tiempo, la mujer comenzó a recibir notificaciones de infracciones, inclusive por cruces de semáforos en rojo, lo que la llevó a abonar las multas para evitar complicaciones legales adicionales. Ante la falta de respuesta del comprador, quien no retiró las cartas documento que la vendedora envió para intentar resolver la situación de manera extrajudicial, la mujer decidió llevar el caso a los tribunales.

El magistrado Alarcón, al determinar la falta de acción del comprador para realizar la transferencia, subrayó que el silencio del demandado fue un factor crucial en su decisión. Aunque el comprador argumentó la ausencia de un boleto de compraventa, el juez consideró que existían suficientes indicios que acreditaban la existencia del contrato de compraventa, como la denuncia de venta presentada y el Formulario 08 firmado.

La sentencia resalta la legislación en materia automotor, que establece que el comprador debe solicitar la transferencia dentro de un plazo de diez días tras la compra. El juez concluyó que dicha obligación nunca fue cumplida, lo que reafirmó su decisión de ordenar al comprador a registrar el vehículo y restituir las multas que la vendedora había pagado.

Este fallo no solo aclara los derechos de los propietarios de vehículos en situaciones similares, sino que también pone de manifiesto la importancia de realizar todos los trámites administrativos correctamente al momento de una compraventa. Se espera que esta resolución sirva de precedente para casos futuros con circunstancias similares en la provincia de Neuquén y otras jurisdicciones.

La decisión judicial podría fomentar la concientización entre los compradores sobre la necesidad de cumplir con los plazos establecidos para la transferencia de vehículos, y proteger así los derechos de las personas que venden sus automóviles.

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