La Justicia ordena cobertura total de cuidadores para mujer de 90 años en Madryn
La Cámara de Apelaciones confirmó que el ISSyS debe cubrir completamente el costo de cuidadores para una mujer de 90 años en Puerto Madryn. La mujer presenta un estado de salud que genera una alta vulnerabilidad.

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo ha dictaminado que el Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS) debe hacerse cargo del costo total de cuidadores domiciliarios para una mujer de 90 años en Puerto Madryn. Esta afiliada, que vive sola y no cuenta con familiares cercanos que la asistan, presenta un cuadro de senilidad y deterioro cognitivo.
La mujer enfrenta una grave situación, ya que sus problemas de salud la inhabilitan para llevar a cabo actividades cotidianas. Ante la imposibilidad de que su única hija, quien reside en Trelew y enfrenta también problemas de salud, pueda cuidar de ella, un equipo médico recomendó la asistencia de cuidadores las 24 horas, lo que se ha organizado a través de cuatro profesionales que se alternan para ofrecer cobertura continua.
Los costos de este servicio privado ascienden a alrededor de $4.100.000 mensuales, mientras que sus ingresos, provenientes de una jubilación y una pensión, rondan los $1.400.000. Esta diferencia obligó a la mujer a recurrir a sus ahorros hasta que agotó sus recursos económicos. La situación llevó a que la Justicia determinara que esta afiliada se encontraba en “alta vulnerabilidad sociosanitaria”.
Inicialmente, el ISSyS solo autorizó un subsidio del 50%, argumentando que, como pensionada nacional, la mujer debía gestionar la cobertura restante a través de PAMI. Ante esta negativa, se presentó un amparo que fue favorable en primera instancia. El juez de esta etapa ordenó al organismo provincial que garantizara la cobertura total, considerando que la afiliada tenía derecho a recibir todas las prestaciones al haber aportado durante su vida laboral.
La Cámara de Apelaciones reafirmó la obligación de cobertura total, aunque limitó el monto a lo que están dispuestos a pagar los prestadores según los parámetros oficiales. En este sentido, el juez Marcelo Jones argumentó que no era razonable exigir a la mujer de 90 años que busque otros trámites por su cuenta, dado su estado de salud frágil.
Este fallo resalta la importancia de las políticas de salud en situaciones críticas, en un contexto donde muchas personas mayores enfrentan dificultades para obtener la asistencia necesaria. La resolución también pone de manifiesto las limitaciones del sistema de salud y la necesidad de ajustes en los niveles de cobertura para garantizar el bienestar de los afiliados más vulnerables, especialmente en regiones como la Patagonia, donde la atención domiciliaria puede ser escasa.