La Justicia ratifica el rechazo a licencia de chofer condenado por delitos sexuales
La Justicia de Chubut confirmó la decisión de la Municipalidad de Esquel de denegar la renovación de la licencia de conducir a un chofer que había cumplido prisión por delitos sexuales. La Cámara Contencioso Administrativa sustentó que la medida protege el bienestar de los pasajeros, priorizando la seguridad en el transporte público.

La Justicia en Chubut validó la decisión de la Municipalidad de Esquel de rechazar la renovación de la licencia de conducir profesional a un hombre con antecedentes penales por delitos contra la integridad sexual. Este solicitante, quien había estado preso durante seis años, había solicitado la habilitación para trabajar como chofer de remis, pero enfrentó la negativa del municipio sobre la base de la Ley Nacional de Tránsito.
El hombre impugnó la decisión a través de un recurso de amparo, argumentando que la prohibición violaba su derecho al trabajo y obstaculizaba su reinserción social. Sin embargo, tanto la jueza de primera instancia, Cecilia Vallejos, como los magistrados de la Cámara Contencioso Administrativa apoyaron la postura del municipio, considerándola justificada y legítima.
La Cámara, compuesta por los jueces Marcelo Alejandro Jones, María de los Milagros Marra y Diego Hernán Sacco, enfatizó la responsabilidad del municipio de garantizar la protección del bienestar público, especialmente en lo que respecta a la seguridad de los pasajeros que utilizan el transporte público. En este sentido, los jueces señalaron que la medida no es irrazonable y responde a un interés colectivo mayor que la limitación impuesta al solicitante.
Además, se argumentó que la normativa que prohíbe la obtención de licencias profesionales por parte de personas con condenas por delitos sexuales tiene un límite temporal que se extiende hasta diez años desde la finalización de la condena, en concordancia con el Código Penal. Esto reafirma que, si la persona desea obtener una licencia de conducir profesional, deberá esperar el cumplimiento de este plazo.
El fallo dejó claro que la decisión del municipio no afecta de manera absoluta los derechos del condenado. Aunque se le restringe la posibilidad de ser chofer de remis, se le permite desempeñarse en otras actividades laborales lícitas que faciliten su reinserción social, lo cual subraya la importancia de encontrar un equilibrio entre la rehabilitación de personas con antecedentes penales y la seguridad de la comunidad.