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La Universidad Complutense pide indemnización a Begoña Gómez por malversación

La Universidad Complutense de Madrid ha pedido que Begoña Gómez y su asesora, Cristina Álvarez, indemnicen a la institución por 113.509 euros si son condenadas por malversación. La reclamación está vinculada al supuesto desvío de un software desarrollado por la universidad.

Por Clara Arias5 min de lectura
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La Universidad Complutense pide indemnización a Begoña Gómez por malversación

La Universidad Complutense de Madrid ha presentado una demanda contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno español, y su asesora Cristina Álvarez, solicitando que ambas indemnicen a la institución con 113.509,32 euros. Esta cifra corresponde a la posible pérdida económica derivada de un caso de malversación que está siendo investigado por el juez Juan Carlos Peinado. La universidad alega que Gómez y Álvarez habrían utilizado recursos destinados a la actividad académica para fines personales, especialmente en relación al desarrollo de un software vinculado a la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva.

La reclamación, incluida en un escrito de conclusiones provisionales dirigido al magistrado, expone que, además de la indemnización económica, la Universidad Complutense exige la restitución del control y titularidad del software y su infraestructura asociada en caso de que las acusadas resulten culpables. Este movimiento se produce tras una decisión reciente de la Audiencia Provincial de Madrid de avanzar únicamente con los cargos de malversación y tráfico de influencias, abandonando otras acusaciones más graves que inicialmente se habían planteado.

En su argumentación, la universidad sostiene que el mencionado software fue desarrollado con recursos institucionales, lo que lo convierte en un activo de la Complutense. Esto se sustenta en que tanto la financiación como los recursos utilizados para el desarrollo pertenecían a la universidad y estaban destinados a objetivos de carácter público y educativo. Por consiguiente, la institución se considera perjudicada ante el supuesto desvío de este activo.

Los argumentos de la Universidad Complutense también sugieren que el personal utilizado para desarrollar el software fue remunerado con fondos públicos, pero que su labor habría sido destinada a fines personales sin la autorización de la universidad. Este enfoque está alineado con el fallo de la Audiencia Provincial, que ha encontrado indicios de que el software pasó a ser de uso exclusivo de Gómez a través de una serie de actos no autorizados.

Entre las acciones cuya legalidad se cuestiona, se cuenta el registro de marcas vinculadas al proyecto, la adjudicación de dominios en su nombre y la constitución de una sociedad que habría operado en paralelo a la Complutense. La universidad reitera que todos los aportes y bienes derivados del desarrollo del software deben permanecer bajo su control, ya que corresponden a un proyecto público.

El caso de Begoña Gómez ha atraído una considerable atención pública, dado su vínculo con el poder político en España. La resolución de este conflicto podría tener implicancias no solo para los involucrados, sino también para la percepción de la gestión pública de recursos en el contexto educativo.

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