Mulher condenada a indemnizar pollería por difamación en Facebook
Una vecina de Dina Huapi, Río Negro, fue condenada a indemnizar con más de $1 millón a los propietarios de una pollería por difamación en Facebook. Las acusaciones de falta de higiene publicadas por la mujer se consideraron dañosas para el honor y la dignidad de los comerciantes.

Una mulher de Dina Huapi, localidad cercana a Bariloche, deberá abonar más de un millón de pesos a los dueños de una pollería tras ser condenada por difamación en redes sociales. El conflicto se originó en agosto de 2023, cuando la mujer realizó publicaciones en Facebook acusando a los comerciantes de falta de higiene, lo que motivó una acción judicial por daños y perjuicios.
El responsable del fallo, juez Mariano Castro de la Unidad de Jurisdicción Civil N°1 de Bariloche, estableció que las declaraciones de la demandada afectaron negativamente la reputación de los propietarios, quienes recibieron $500.000 cada uno como indemnización. La mujer había insinuado en sus publicaciones que el local vertía restos de pollo en la vía pública, lo que según ella atraía animales, ratas y generaba inconvenientes sanitarios.
El posteo que generó la controversia advertía a la comunidad sobre la limpieza del local y cuestionaba el manejo de productos cárnicos, sugiriendo que la higiene de la pollería era deficiente. Sostuvo también que el comercio había sido multado por la municipalidad, lo cual resultó ser falso, ya que un informe oficial de Dina Huapi desmintió las afirmaciones de la mujer.
La defensa de la vecina intentó argumentar que sus afirmaciones eran verídicas y que los dueños efectivamente alimentaban animales con los desperdicios. Sin embargo, la estrategia no prosperó, ya que el juez destacó que no surgieron pruebas que avalaran las denuncias por falta de higiene. Testigos de la zona indicaron que la presencia de chimangos, aves que suelen frecuentar la región, es habitual y no se relaciona con la actividad de la pollería.
El caso también se convirtió en tema de discusión entre los habitantes del grupo de Facebook “Soy de Dina Huapi”, que cuenta con aproximadamente 12 mil miembros. Las declaraciones despectivas sobre los comerciantes no solo perjudicaron su imagen ante la comunidad, sino que resultaron en medidas legales en su defensa, provocando la condena en cuyo fallo se recalca la distinción entre el derecho a quejarse y la difamación sin fundamentos.
La resolución en este caso subraya la responsabilidad que conllevan las publicaciones en redes sociales, especialmente cuando estas pueden afectar la reputación y el honor de las personas y sus negocios. La indemnización impuesta establece un precedente sobre las consecuencias legales que pueden resultar de la difamación en espacios públicos virtuales, así como la importancia de contar con pruebas fácticas.
Este acontecimiento refleja un problema recurrente en el comercio local, donde la opinión pública puede influir considerablemente en la percepción y éxito de los negocios en un contexto donde el uso de plataformas digitales se ha incrementado notablemente. La decisión judicial podría desincentivar publicaciones irresponsables en redes sociales y promover un uso más consciente de éstas en la comunidad.