Ordenan a un hombre a pagar más de 18.500 euros a su exesposa por incumplir acuerdo
Un tribunal de Jaén ha determinado que un hombre debe pagar más de 18.500 euros a su exesposa por incumplir el convenio de divorcio, alegando erróneamente que su exmujer convivía con otra persona.

En un fallo reciente, la Audiencia Provincial de Jaén ha obligado a un hombre a pagar 18.562,60 euros a su exesposa, tras determinar que incurrió en un incumplimiento de sus obligaciones establecidas en el convenio regulador de su divorcio. A pesar de que el hombre argumentó que su exmujer había formado una nueva pareja, el tribunal rechazó esta justificación y confirmó la condena que ya había sido impuesta anteriormente.
El conflicto se remonta a un acuerdo firmado en 2022, donde ambos excónyuges se comprometieron a afrontar en partes iguales el pago de las cuotas de un préstamo hipotecario y otros gastos asociados. Sin embargo, el demandado dejó de cumplir con su parte, lo que generó una carga económica que la mujer debió asumir en su totalidad. La sentencia del tribunal establece que el convenio firmado es vinculante y que la falta de liquidación de la sociedad de gananciales no elimina la obligación de pagar.
El hombre se defendió alegando que una cláusula de su acuerdo lo liberaba de responsabilidad si su exmujer convivía maritalmente con otra persona. Sin embargo, los jueces consideraron insuficientes las pruebas presentadas, las cuales provenían de un testimonio personal que no se sustentó en pruebas objetivas. La corte subrayó que, aunque la mujer pudiera estar en una relación, esto no demostraba que cohabitara con otra persona en el hogar compartido.
El tribunal enfatizó que la carga de la prueba recae en quien sostiene la argumentación, en este caso el exmarido, y no logró demostrar que existiera esa convivencia marital. Como resultado, no solo se reafirmó el reclamo económico, sino que al perder la apelación, también tuvo que hacerse cargo de los costos legales del proceso.
Este caso resuena en un contexto más amplio respecto a los acuerdos divorciados y sus obligaciones en España, donde la firma de convenios puede ser la clave para evitar futuros litigios. Por lo general, estas decisiones se consideran un acto de autonomía volitiva según el Código Civil español.
Como cierre, la decisión del tribunal reitera la importancia del cumplimiento de los acuerdos prenupciales y los protocolos establecidos en el divorcio, una lección relevante para quienes estén en procesos similares. La mujer, tras la sentencia, espera recuperar la estabilidad financiera que había perdido debido a esta situación, mientras que el exesposo enfrenta una situación financiera complicada tras el fallo.