Prisión efectiva para recluso que regresó borracho y robando de una salida transitoria
Un interno que gozaba de salidas transitorias fue condenado a nueve meses de prisión efectiva por cometer varios delitos, incluyendo robos y agresiones. La investigación reveló que regresó a la comisaría en estado de ebriedad y con elementos robados.

En un insólito caso judicial que tuvo lugar recientemente, un preso de la cárcel de Esquel, condenado a ocho meses de prisión efectiva, recibió una nueva sentencia por haber cometido delitos durante sus salidas transitorias. El interno, cuyo nombre no fue revelado, fue hallado culpable de tres incidentes delictivos mientras gozaba de este beneficio, dirigido por la fiscal Mónica Caveri.
Los eventos delictivos comenzaron a fines del año anterior, cuando, en medio de las celebraciones de Año Nuevo, el recluso agredió a un agente policial en lo que se describe como un ataque sin justificación, propinándole un cabezazo. Este primer episodio marcó el comienzo de una serie de delitos que continuarían meses después.
En mayo, el individuo forzó un candado y robó una bicicleta que estaba sujeta a un bicicletero. Posteriormente, ingresó al patio de una vivienda particular, sustrajo varios objetos, los guardó en una mochila y regresó a la comisaría en estado de ebriedad. Este último incidente fue particularmente impactante, ya que el recluso llegó herido y con el botín que había robado, el cual finalmente fue recuperado y devuelto a su legítima propietaria.
La Fiscalía, al presentar los cargos, destacó la gravedad de la situación, dado que el preso había cometido estos delitos mientras cumplía una condena activa. Frente a la contundencia de las pruebas, las partes alcanzaron un acuerdo de juicio abreviado, el cual fue ratificado por el juez. En este acuerdo, el acusado admitió su culpabilidad y fue declarado responsable por "lesiones leves agravadas y robo en dos hechos distintos".
La nueva condena de nueve meses de prisión efectiva fue declarada en consecuencia de la reincidencia del recluso, quien ya no podrá solicitar más salidas transitorias ni optar a la libertad condicional. Además, deberá hacerse cargo de las costas del proceso judicial. Este fallo no solo reafirma la gravedad de sus acciones, sino que también establece un precedente en la evaluación de conductas delictivas durante penas privativas de libertad.
El caso resalta importantes cuestiones sobre el manejo de los beneficios judiciales y las garantias de seguridad en la comunidad, especialmente al considerar la reincidencia de individuos que, a pesar de recibir oportunidades de rehabilitación, optan por continuar con comportamientos delictivos que afectan la seguridad pública.