Rechazo a intervención mapuche en juicio territorial en Villa La Angostura
Un juez de Villa La Angostura rechazó el pedido de la Comunidad Mapuche Lof Melo para intervenir en un juicio de tierras. La decisión se fundamentó en que la presentación carecía de una pretensión procesal propia y mostró características de mala fe procesal.

En un reciente fallo, el juez Francisco Astoul Bonorino desestimó la solicitud de intervención de la Comunidad Mapuche Lof Melo en un juicio que la Comunidad Lof Kinxikew había iniciado contra la propietaria de un terreno en Villa La Angostura, Neuquén. Este conflicto territorial se enmarca en un litigio más amplio entre comunidades mapuches y propietarios privados sobre tierras que ambas partes reivindican. El caso en cuestión se sitúa aproximadamente a 35 kilómetros de la localidad, donde la Comunidad Lof Kinxikew busca recuperar un espacio del que fue desalojada.
La Comunidad Lof Melo, representada por el abogado Luis Virgilio Sánchez, planteó su intervención en el juicio alegando que el predio en cuestión está ocupado por ellos y pertenece a las tierras indígenas. Sin embargo, el juez argumentó que la comunidad solo se adhirió a la demanda original sin formular una pretensión propia, lo cual no justifica su inclusión como parte activa en el proceso. Astoul Bonorino señaló que la falta de una adecuación formal en la presentación del Lof Melo no justifica su incorporación al litigio.
El magistrado también remarcó las contradicciones presentes en la solicitud del Lof Melo. Si esta comunidad deseaba reclamar derechos sobre las tierras, sus intereses entraban en conflicto directo con lo referido por el Lof Kinxikew, que ya sostiene reclamos sobre la propiedad de esas mismas tierras. Astoul Bonorino consideró que la presentación no solo fue inadecuada, sino que también era contradictoria, dado el reconocimiento de la relación de convivencia entre las dos comunidades en el espacio en disputa.
Adicionalmente, el juez criticó el momento de la intervención del Lof Melo, sugiriendo que sus acciones tenían tintes de mala fe procesal. Este comentario se basó en el hecho de que, aunque la comunidad fue mencionada desde el principio del juicio, no había sido citada formalmente. No obstante, se presentó después del rechazo de una recusación a la jueza original, lo que llevó a la convicción de que su presentación era más estratégica que formalmente legal.
El fallo del juez resalta la complejidad de los litigios territoriales que involucren a comunidades originarias en la Patagonia, un tema que tiene profundas raíces históricas y culturales. Este caso se suma a una larga lista de conflictos que reflejan las tensiones entre derechos de propiedad y reivindicaciones indígenas en la región, donde la propiedad de la tierra sigue siendo un tema controversial y divisivo.
De cara al futuro, el resultado de este juicio puede influir en cómo se manejen los reclamos de tierras en la Patagonia, especialmente en casos donde distintos grupos mapuches se enfrentan a propietarios privados. La naturaleza de la intervención de grupos como el Lof Melo podría ser objeto de análisis en decisiones judiciales posteriores, marcando un precedente en el tratamiento de estos litigios.