ADCDiario

Requisitos y duración del permiso de "Cuidador" en viviendas del IPPV

El Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPPV) establece un mecanismo que permite designar a un "Cuidador" para habitar una vivienda temporalmente cuando el titular se ausenta por motivos laborales o de salud. Este permiso tiene una duración de un año y puede renovarse una vez, bajo ciertas condiciones.

Por Auribel Zuarce3 min de lectura
Compartir
Requisitos y duración del permiso de "Cuidador" en viviendas del IPPV

El Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPPV) de la Patagonia implementa un sistema que habilita a los titulares de viviendas adjudicadas a designar un "Cuidador" en situaciones de ausencia temporal. Esto es fundamental para quienes deben dejar su hogar por razones justificadas, como cuestiones de salud o laborales.

Este permiso permite a una persona seleccionada por el adjudicatario habitar la vivienda mientras este se encuentra fuera. Sin embargo, es importante destacar que no se autoriza la cesión, el alquiler ni la venta de la vivienda hasta que no esté completamente cancelada y escriturada. La figura del cuidador asegura que la propiedad esté habitada y cuidada en ausencia del titular.

Uno de los requisitos esenciales para solicitar este permiso es que el adjudicatario debe presentar documentación que justifique su ausencia. En caso de motivos de salud, se deben incluir estudios o certificados médicos. Para ausencias laborales, es necesaria una resolución o disposición que formalice el traslado, asegurando que el proceso sea transparente y legítimo.

La persona designada como cuidador no necesariamente tiene que ser un familiar, lo que otorga flexibilidad al propietario a elegir a alguien de confianza. Sin embargo, es indispensable que el guardián presente su DNI y que ambos, adjudicatario y cuidador, se presenten juntos en la Delegación del IPPV correspondiente para formalizar el acuerdo. Este trámite no puede realizarse a través de acuerdos particulares, sino que debe ser gestionado directamente ante el organismo.

Una vez concedido, el permiso tiene una vigencia de hasta un año. En situaciones excepcionales y justificadas, puede renovarse una vez por otro periodo igual, alcanzando un máximo de dos años. Sin embargo, el otorgamiento de este segundo año queda a consideración del IPPV, que evaluará la documentación y motivos presentados por el solicitante.

La gestión del permiso deberá realizarse de manera presencial en la Delegación más cercana al domicilio del inmueble. Allí, se presenta la documentación y se formaliza el acuerdo, asegurando que el proceso esté en orden y que el cuidador pueda asumir efectivamente su rol ante la ausencia del adjudicatario. Esto proporciona un marco regulatorio que protege tanto al propietario como a la integridad de la vivienda.

Compartir

Más noticias