Restricciones para la compra de tierras rurales por extranjeros en Río Negro y Neuquén
La reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia ha reinstaurado las restricciones de la Ley 26.737 para la compra de tierras rurales por extranjeros en Río Negro y Neuquén. Esta normativa es crucial en la región, donde las inquietudes sobre la adquisición de tierras por foráneos han crecido en los últimos años.

La adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros ha vuelto a convertirse en un tema central en la legislación argentina, especialmente resaltado en las provincias de Río Negro y Neuquén. El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, que suspendió la derogación de la Ley 26.737, ha restablecido las restricciones que rigen sobre este tipo de transacciones, generando un clima de incertidumbre entre propietarios, desarrolladores e inversores inmobiliarios en la Patagonia.
La Ley 26.737, sancionada a finales de 2011, establece un marco restrictivo que limita la compra de tierras rurales por personas o sociedades extranjeras. Esta ley condiciona las operaciones inmobiliarias en el campo, algo que cobra relevancia en un contexto donde las tierras tienen un alto valor patrimonial y estratégico, no solo para la agricultura y la ganadería, sino también para el desarrollo turístico y la conservación del medio ambiente en la región.
Una de las principales inquietudes es el régimen de franjas de seguridad de fronteras establecido por el Decreto-Ley 15.385/44. Esta normativa independiente ya exige que cualquier compra dentro de áreas específicas de la Patagonia, que coincide en gran parte con el territorio andino de Río Negro y Neuquén, requiera la aprobación previa de la autoridad nacional, lo que agrega una capa adicional de complejidad a las transacciones.
Además, la Ley 26.737 limita la tenencia extranjera al 15% del territorio de cada departamento y establece que una misma nacionalidad no puede acumular más del 30% de ese cupo. Estas limitaciones han sido relevantes incluso cuando se consideraron inaplicables en algunas etapas de desregulación temporal, pero ahora, a raíz de esta medida cautelar judicial, vuelven a ser efectivas. Por lo tanto, cualquier intención de compra de tierras por parte de extranjeros deberá ajustarse estrictamente a estas pautas.
Es importante destacar que desde la perspectiva de los escribanos e inmobiliarias de la región, la consulta más recurrente es sobre la posibilidad de que extranjeros adquieran tierras sin restricciones. De acuerdo a la normativa vigente, la respuesta es negativa; las restricciones continúan vigentes y es necesario cumplir con los requisitos establecidos. Para formalizar la escritura, también es indispensable obtener un certificado previo del Registro Nacional de Tierras Rurales, un trámite que en la etapa de desregulación se había vuelto menos riguroso, pero que ahora requiere atención cuidadosa.
Con la reactivación de esta ley, se espera que se genere un impacto significativo en el mercado inmobiliario rural de ambas provincias, donde la regulación se volviera más estricta en un momento en que el interés por inversiones en la región es notable, ya sea para uso agrícola, turístico o de conservación. A medida que avancen los procedimientos judiciales, el sector estará atento a posibles modificaciones y adaptaciones al marco normativo de titularidad de tierras en la Patagonia.
Las inquietudes sobre la compra de tierras rurales continúan siendo una cuestión de gran relevancia para la Patagonia y su desarrollo, y los recientes cambios sugieren que se mantendrá la vigilancia sobre estas transacciones en el futuro cercano.