ADCDiario

Revocan libertad asistida a condenado en Chubut por no informar cambio de domicilio

Un tribunal chubutense decidió revocar la libertad asistida de A.E.V. debido a su incumplimiento de la obligación de informar un cambio de domicilio durante seis días. La decisión se basa en el análisis de audiencias previas y se resalta la importancia de cumplir con las condiciones para acceder a este beneficio.

3 min de lectura
Compartir
Revocan libertad asistida a condenado en Chubut por no informar cambio de domicilio

A.E.V., un condenado de la provincia de Chubut, deberá regresar a prisión tras la revocación de su libertad asistida, según lo decidió un tribunal de revisión. Esta medida fue adoptada después de que se confirmara que el individuo había incumplido su deber de informar un cambio de domicilio durante un lapso de seis días, poniendo en evidencia su falta de seguimiento a las condiciones impuestas para conservar su libertad condicional.

La revocación se hizo efectiva luego de que el tribunal, compuesto por tres jueces, revisara el caso, incluyendo tanto el recurso presentado por la defensa como los testimonios audio grabados y actas de las audiencias del 28 de agosto y 18 de septiembre. En la primera audiencia, A.E.V. había sido claramente informado de las estrictas condiciones para beneficiarse con la libertad asistida, entre las que se encontraba la obligación de notificar cualquier modificación de su lugar de residencia.

El incumplimiento se verificó entre el 11 y el 17 de septiembre, período durante el cual el condenado no reportó el cambio de domicilio, lo que fue fundamental para la decisión del tribunal. Cabe recordar que este tipo de libertades asistidas tienen como propósito ofrecer una reinserción social controlada, pero requieren que los beneficiarios cumplan con requisitos específicos, esenciales para mantener la confianza en el sistema judicial.

Durante el proceso, la defensa presentó argumentos de carácter personal para justificar el incumplimiento. Sin embargo, el tribunal se centró en la necesidad de seguir las condiciones establecidas, ya que su infracción vulnera la normativa correspondiente, en este caso el artículo 56 de la Ley N.º 24.660, que regula la ejecución de las penas privativas de libertad.

La decisión de revocar la libertad asistida se argumentó en la falta objetiva comprobada del cumplimiento de las pautas, lo que llevó a que el tribunal decidiera que la medida de regreso a un establecimiento carcelario era la más adecuada. Este tipo de resoluciones busca evitar que quienes han sido condenados por delitos graves puedan eludir la responsabilidad del cumplimiento de su pena, asegurando así la eficacia del sistema penal y la protección de la sociedad.

Esta situación plantea una serie de consideraciones sobre el manejo de libertades asistidas y las condiciones que deben cumplir los beneficiarios. La necesidad de un seguimiento atento y riguroso se hace evidente para prevenir que tales incumplimientos se repitan, manteniendo el equilibrio entre la reintegración social y la seguridad comunitaria.

El caso de Villafañe también coincide con otras decisiones judiciales en la región, reflejando un enfoque renovado sobre la aplicación de leyes y la supervisión del cumplimiento de penas, un aspecto crucial en la gestión de la justicia penal en la Patagonia.

Compartir

Más noticias