Río Negro aplica nueva norma sobre imputabilidad penal para adolescentes
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro implementó la nueva normativa que permite juzgar a adolescentes desde los 14 años, en línea con la Ley Nacional 27.801. Esta medida es transitoria hasta que se elabore un Código Procesal Penal específico para menores.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro anunció la aplicación de la nueva Ley Nacional 27.801, que permite juzgar penalmente a los adolescentes a partir de los 14 años. Esta legislación sustituye el anterior Régimen Penal de Minoridad y establece un marco normativo que será válido de manera transitoria hasta que la provincia desarrolle su propio Código Procesal Penal para Juveniles.
Mientras se establece este nuevo código, el STJ ha decidido aplicar el Código Procesal Penal provincial junto con los principios y garantías de la Ley Provincial D 4109, que protege los derechos de niñas, niños y adolescentes. Un elemento clave de la Acordada es que se excluye a los adolescentes de ser juzgados por jurados populares, esquema que sí se aplica a los adultos en la provincia. Esta decisión se basa en el principio de que cada provincia tiene la potestad de dictar sus propias normas procesales.
La normativa nacional refuerza que la edad de punibilidad plena comienza a los 14 años, y entre otras disposiciones, establece nuevos tipos de penas. Por ejemplo, se prohíben la prisión y reclusión perpetua y se limita la pena máxima a 15 años de cárcel. Los adolescentes que no hayan cumplido los 14 años al momento de cometer un delito no podrán ser sometidos a un proceso penal. Sin embargo, el Ministerio Público deberá verificar la existencia de un hecho ilícito y activar mecanismos de protección si fuera necesario.
Además, el STJ enfatizó que la Constitución de Río Negro garantiza para los menores de edad, al menos, las mismas garantías procesales que para los adultos, lo que respalda la aplicabilidad de la Ley D 4109 para el juzgamiento de menores. También se destacan las recomendaciones para fomentar la capacitación de jueces en esta nueva normativa a través de programas específicos que permitan una adecuada comprensión del Régimen Penal Juvenil.
Con esta resolución, el STJ comunicó a la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) sobre la situación y sugiere que informes sobre los programas que aseguran el cumplimiento de la Ley D 4109. Asimismo, hizo un llamado al Poder Ejecutivo para que dicha ley sea plenamente aplicada en el trabajo del organismo técnico proteccional. La capacitación de los actores judiciales, incluyendo fiscales y defensores, es considerada fundamental para un correcto enfoque de la justicia juvenil.
A medida que se implementan estos cambios, será crucial para las entidades provinciales y judiciales garantizar la efectividad de esta nueva normativa en el tratamiento de la juventud en conflicto con la ley, buscando un equilibrio entre justicia y derechos.