Suspenden servicios digitales y licencia de conducir por deuda alimentaria en El Bolsón
Una jueza de El Bolsón tomó la medida de suspender servicios digitales y la licencia de conducir a un hombre por no abonar una deuda alimentaria cercana a 4 millones de pesos. Esta decisión sigue a la solicitud de la madre de los hijos y se basa en principios de derecho alimentario.

En El Bolsón, la jueza del Juzgado Multifueros ha emitido una resolución que suspende los servicios digitales contratados por un hombre, entre ellos Netflix y Spotify, debido a su incumplimiento en el pago de cuotas alimentarias. La deuda acumulada asciende a casi 4 millones de pesos, y esta medida busca forzar el cumplimiento de sus responsabilidades alimentarias, destacando la relevancia de este derecho en el interés superior de los niños.
La resolución implica que las empresas de servicio deben verificar si el deudor tiene cuentas a su nombre y proceder a su suspensión hasta que la obligación sea saldada. Además, las firmas no podrán habilitar nuevas contrataciones durante este periodo. Aunque no se especifica si el hombre posee todos esos servicios, la ley contempla esta amplia restricción como una medida razonable ante el incumplimiento reiterado.
Además de las suspensiones de los servicios digitales, la jueza ha ordenado a la municipalidad de la localidad que inhabilite la licencia de conducir del inculpado. Esta decisión es una extensión de las medidas ya en marcha para cobrar la deuda, que incluyen embargos sobre un vehículo y la investigación de posibles propiedades en nombre del deudor para nuevos embargos.
La jueza fundamentó su decisión en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que permite adoptar medidas que aseguren el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. La acción también recibió el apoyo del Defensor de Menores, quien también advirtió que el incumplimiento puede perjudicar el bienestar de los hijos, configurando una situación de violencia económica sobre la madre.
Por otra parte, la magistrada se abstuvo de imponer una multa adicional argumentando que esto podría no ser efectivo para alguien que ya enfrenta una alta carga de deuda alimentaria. En su fallo, enfatizó que el derecho a la alimentación es fundamental y su incumplimiento afecta gravemente a los menores, además de señalar que la falta sistemática de cumplimiento podría dar lugar a acciones penales futuras, ampliando la discusión más allá del ámbito civil.
Así, esta decisión en El Bolsón marca un precedente en la aplicación de medidas coercitivas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, resaltando la importancia del derecho alimentario y su impacto directo en el bienestar de los niños.