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Suspensión de artículos de la reforma laboral que afectan a abogados

Un juez federal suspendió dos artículos de la reciente reforma laboral que modificaban la responsabilidad de los abogados en juicios. Esta medida, resultado de un amparo, tiene el apoyo de varios colegios profesionales del país, incluidos los de la Patagonia.

Por Néstor Pérez3 min de lectura
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Suspensión de artículos de la reforma laboral que afectan a abogados

La justicia federal resolvió suspender dos artículos de la reforma laboral que alteraban las responsabilidades de los abogados en los juicios, así como las condiciones para el cobro de honorarios. Esta decisión se basa en una medida cautelar que se mantendrá por un período de tres meses, o hasta que se llegue a una sentencia definitiva.

El juez Martín Cormick, del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, aceptó la solicitud del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal en relación con los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802. Esta reforma fue impulsada por el gobierno de Javier Milei y había sido aprobada por el Congreso, generando preocupación entre los profesionales del derecho.

La acción judicial cuenta con la adhesión de múltiples colegios de abogados de todo el país. En la Patagonia, se manifestaron en contra de la reforma el Colegio de la Abogacía de Viedma, el de General Roca y el de San Carlos de Bariloche, entre otros. La propuesta judicial fue liderada por Amalia Itatí Demarchi, presidenta del Colegio de Abogados de Villa María, quien visitó recientemente la región para recoger apoyos.

Uno de los aspectos críticos del artículo 10 impone una responsabilidad económica al abogado respecto a las costas cuando el monto reclamado supere lo reconocido por el tribunal. Esta disposición generó un fuerte debate, ya que la nueva formulación podría responsabilizar a los abogados incluso cuando se consideren las particularidades de cada caso.

La justificación del juez para su decisión se centra en la creación de incertidumbre que esta norma puede causar, argumentando que la diferencia entre lo solicitado y lo realmente concedido no debería resultar en una responsabilidad automática del abogado. Cormick sostuvo que cada caso debe ser evaluado en contexto y su explotación debe considerar las acciones emprendidas por la parte demandante.

La cautelar restablece de manera temporal el texto anterior del artículo 20, el cual ya contemplaba la responsabilidad solidaria de los abogados pero sin aplicarle los criterios objetivos que generaban controversia. Por otro lado, la suspensión también afecta la normativa relativa a los honorarios en caso de que las sentencias laborales sean pagadas en cuotas, aún sin claridad sobre cómo se aplicaría esta nueva modalidad.

La contienda legal se encuentra en un momento clave, ya que la resolución final podría sentar un precedente importante en la regulación de los derechos de los abogados y su responsabilidad dentro del sistema judicial, afectando indirectamente la práctica profesional en la región y el país.

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