Un herrero recibirá indemnización por daños oculares tras fallo judicial
Un fallo judicial revocó la decisión de una Comisión Médica y obligó a la ART a indemnizar a un herrero por secuelas oculares tras un accidente laboral. El trabajador había sufrido una lesión ocular por esquirla mientras operaba una amoladora, y la justicia reconoció la incapacidad permanente que le quedó como consecuencia.

Un reciente fallo en Bariloche ha determinado que una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) deberá indemnizar a un herrero que sufrió lesiones oculares tras un accidente laboral cuando una esquirla metálica ingresó en su ojo derecho mientras utilizaba una amoladora. A pesar de que la aseguradora inicialmente reconoció el accidente y el trabajador recibió atención médica, una Comisión Médica vinculada decidió que el hombre no presentaba incapacidad laboral, lo cual llevó a una disputa judicial.
El trabajador comenzó su proceso laboral tras sufrir una lesión severa; tras el accidente, se le extrajo el cuerpo extraño de su ojo y se le diagnosticó una úlcera corneal. Posteriormente, se desarrolló un leucoma, que es una opacidad en la córnea, dejándole secuelas visuales permanentes. A pesar de que previamente se había determinado una incapacidad del 9,84% por sus lesiones, esa evaluación no se completó y fue archivada, lo que impulsó al herrero a reabrir el caso para discutir el alcance de las secuelas.
El conflicto escaló hasta ser analizado por la Cámara Laboral, donde una médica del Cuerpo de Investigación Forense examinó el caso. Su evaluación incluyó una campimetría, prueba que mide el campo visual, y determinó que el trabajador sufría de una reducción en su campo visual como consecuencia directa de la entrada de la esquirla. Esto llevó al tribunal a considerar que la incapacidad del demandante contaba con suficiente respaldo médico.
A pesar de las objeciones de la ART al dictamen médico y al uso de una campimetría con cierto tiempo de antigüedad, la Cámara resolvió a favor del trabajador. No se presentaron evidencias nuevas que demostraran una recuperación de la lesión, lo cual fue determinante para el veredicto. Además, los jueces argumentaron que la afectación del campo de visión del hombre es particularmente relevante dado su trabajo como herrero, que exige alta precisión en el uso de herramientas de corte.
El análisis no solo incluyó la lesión ocular; durante la evaluación se consideró también la salud mental del trabajador. Se detectó una reacción vivencial neurótica que surgió a raíz del accidente, lo que llevó a la intervención de un psiquiatra. A pesar de que la ART cuestionó la validez de esta evaluación sobre la salud mental, no logró invalidar el informe presentado por la profesional encargada.
Este fallo marca un precedente importante en la defensa de los derechos laborales en Bariloche, subrayando la importancia de considerar no solo las secuelas físicas de un accidente laboral, sino también su impacto en la salud mental del trabajador. La decisión resalta la necesidad de que las ART evalúen de manera completa las consecuencias de los accidentes laborales para asegurar un justo resarcimiento a los afectados.