Un joven de Bariloche cambia su nombre tras demostrar falta de vínculo paternal
Un tribunal de Bariloche autorizó a un adolescente a cambiar su nombre y su apellido paterno, dado que demostró la inexistencia de un vínculo afectivo con su padre. La madre del joven había presentado la demanda tras varios años de escaso contacto del progenitor, lo que llevó a una evaluación judicial y psicológica favorable al cambio solicitado.

En un reciente fallo del fuero de Familia de Bariloche, un adolescente logró cambiar su nombre legalmente, suprimió su primer nombre y el apellido de su padre para adoptar uno que eligió por sí mismo. Esta decisión judicial se fundamentó en la evidente ausencia de la figura paterna y el deseo del joven de que su identidad refleje su historia personal y real.
Durante su trayectoria escolar, el adolescente ya utilizaba el apellido materno, dado que su relación con su padre había sido prácticamente inexistente desde que la pareja de sus progenitores se separó cuando él tenía apenas un año. A lo largo de su vida, el joven se sintió desconectado de su padre, quien había mantenido un contacto intermitente y escaso a lo largo de los años, marcado por conflictos judiciales relacionados con la cuota alimentaria y denuncias de violencia.
La madre fue quien promovió la demanda en representación de su hijo, destacando que el padre se había desentendido de sus obligaciones y que la supresión del apellido paterno era necesaria para que el joven pudiera vivir su realidad sin la carga del vínculo familiar que nunca existió. Aunque el progenitor se opuso al cambio de nombre, alegando que su distanciamiento se debía a problemas derivados de la madre, el joven, con el apoyo de un abogado, reafirmó su deseo de no ser vinculado legalmente a su padre.
El proceso judicial incluyó la evaluación de un equipo técnico que concluyó que portar el apellido paterno impactaba negativamente en el desarrollo del adolescente, al asociarlo con alguien con quien no tenía una relación efectivamente consolidada. Además, se descartó que el joven estuviera sujeto a algún tipo de presión externa para realizar dicha modificación.
La decisión del juez fue respaldada por testimonios que corroboraban la falta de involucramiento del padre en la vida del joven, y se contó con dictámenes favorables de la Defensora de Menores y la Fiscalía, permitiendo así que la resolución avanzara. Es importante destacar que, a pesar del cambio de nombre, el padre seguirá figurando en el acta de nacimiento del adolescente, ya que la decisión no modifica la filiación biológica o jurídica.
Este caso refleja un importante precedente en relación con los derechos de los menores en situaciones de ruptura familiar, resaltando la relevancia de considerar su voz y sentimientos en los procesos judiciales que los involucran. La resolución se espera que genere un impacto positivo no solo en la vida del joven, sino también en la manera en que se abordan casos similares en la provincia de Río Negro y en el país.