Una estafa por internet: el banco será responsable del 70% del daño
Una mujer de Neuquén sufrió una estafa al intentar vender un sommier en línea, resultando en un préstamo fraudulento a su nombre. La Cámara de Apelaciones dictaminó que el banco asumirá el 70% de las pérdidas.

La situación se desencadenó cuando una mujer decidió vender un sommier en una plataforma digital en Neuquén. Rápidamente, recibió una oferta de un supuesto comprador que, alegando un error en el pago, le comunicó que había transferido 150 mil pesos de más. Este contacto inicial despertó la sospecha de la mujer, quien no imaginaba que caería en una trampa más profunda.
Poco después, un individuo se presentó como empleado del banco, asegurando que podía ayudarla a resolver la situación del supuesto sobrepago. Siguiendo instrucciones, la mujer generó un token de seguridad y compartió un código que le permitió a los estafadores acceder a su cuenta bancaria. Con esta información, lograron solicitar un préstamo y realizar una serie de transferencias, lo que le generó una deuda y pérdidas financieras significativas.
Al advertir la estafa, la mujer actuó rápidamente: cambió la contraseña de su cuenta y realizó denuncias ante la entidad financiera y la Justicia. Sin embargo, ya era tarde; los estafadores habían operado con total impunidad. En un primer momento, la responsabilidad fue atribuida al banco, que alegó que sus sistemas funcionaban correctamente y que la mujer había entregado sus datos de acceso, facilitando así el acceso de los delincuentes a su cuenta.
En medio del conflicto, la institución financiera argumentó que no había habido hackeos ni irregularidades en su sistema, apuntando que las operaciones estaban confirmadas con los datos proporcionados por la propia víctima. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones analizó el caso y notó que, a pesar de que la mujer había contribuido a la realización de la estafa, hubo una secuencia de movimientos inusuales que el banco debió haber detectado.
La Sala II de la Cámara, integrada por los jueces Patricia Clérici y Pablo Furlotti, concluyó que el banco no reaccionó ante situaciones que podrían haber encendido alarmas, como un cambio de contraseña y la solicitud al instante de un préstamo. Como resultado, la resolución determinó que el banco tendría que hacerse cargo del 70% de los daños, mientras que la mujer sería responsable del 30% restante debido a su error al compartir información personal.
Este caso es un claro ejemplo de cómo las estafas digitales pueden afectar a ciudadanos comunes y la importancia de que las entidades bancarias refuercen sus sistemas de seguridad para proteger a sus clientes. La resolución de este caso podría sentar un precedente en cuanto a la responsabilidad que tienen tanto los usuarios como las instituciones financieras frente a situaciones de fraude en línea.
El siguiente paso para la mujer afectada será coordinar el cumplimiento de lo resuelto por la Justicia, mientras que el banco deberá reevaluar sus protocolos para evitar situaciones similares en el futuro.