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Una mujer del Valle Medio obtuvo una innovadora restricción contra su acosador

Una mujer del Valle Medio en Río Negro logró una prohibición de acercamiento contra un hombre que la acosaba. La jueza actuó bajo una perspectiva de género, buscando garantizar su derecho a transitar sin intimidación.

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Una mujer del Valle Medio obtuvo una innovadora restricción contra su acosador

En el Valle Medio de Río Negro, una mujer afectada por acoso callejero logró obtener una medida judicial de restricción inusual contra su agresor. Esta situación, que transformaba su rutina diaria en un verdadero calvario, llevó a la denunciante a acudir a la Comisaría 17 de Lamarque. A pesar de los constantes hostigamientos que sufría, la mujer decidió dar un paso adelante para proteger su dignidad y su derecho a la libre circulación.

La jueza a cargo del caso, tras evaluar las pruebas presentadas, citó al agresor en una audiencia donde este no pudo desvirtuar los hechos denunciados. Durante la audiencia, asumió el compromiso de mantener distancia de la mujer, pero esto no fue suficiente para la magistrada, quien consideró necesario dictar una medida cautelar más estricta que garantizara la seguridad de la víctima.

La resolución judicial establece una prohibición de acercamiento al domicilio de la mujer y a los lugares que frecuenta. El fallo también incluye la prohibición de cualquier tipo de comunicación, ya sea presencial, telefónica o a través de redes sociales y otros medios digitales. Esta medida busca asegurar que la mujer pueda transitar sin miedo a ser hostigada.

El caso se abordó desde una perspectiva de género, apoyándose en el artículo 44 del Código Contravencional de Río Negro, que sanciona las conductas que afectan la dignidad de las personas en espacios públicos. Esta normativa es fundamental para combatir el acoso callejero, un problema que afecta a muchas mujeres en diversas localidades.

La jueza enfatizó que el sistema judicial debe asegurar la protección integral de las mujeres, en línea con legislaciones como la Ley Nacional 26.485 y la Convención de Belém do Pará. El expediente que se generó permite visibilizar el acoso y establece un precedente sobre la gravedad de estas situaciones en el contexto social actual.

La medida cautelar tiene una vigencia inicial de 60 días, aunque se contempla la posibilidad de prorrogarla si las circunstancias lo justifican. Las autoridades han advertido al denunciado que cualquier desobediencia a la restricción podría resultar en acciones penales. La víctima fue instruida sobre cómo proceder en caso de incumplimientos, reforzando así su derecho a una vida libre de violencia y acoso.

Este caso resalta la importancia de la respuesta judicial ante situaciones de violencia de género, y pone de manifiesto la necesidad de tomar en serio las denuncias de acoso, algo que sigue siendo un desafío en muchas comunidades de la Patagonia y el país en general.

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